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  • Nubia González

martes, 6 de noviembre de 2012

Mediante Resolución No. 0484 de 30 de octubre de 2012, la Agencia Nacional de Minería, modificó nuevamente el plazo para la radicación de las propuestas de contrato de concesión minera, fijando como fecha para la recepción de las mismas el día 2 de julio de 2013.

En cuanto a la sustentación según lo expresado por la Agencia Nacional de Minería, mediante Resoluciones No. 0214 del 31 de agosto de 202 y No. 304 del 28 de septiembre de 2012, se modificó la fecha, por cuanto la herramienta para la radicación de solicitudes vía web, no brindaba las condiciones de estabilidad, igualdad, oportunidad, seguridad y transparencia al usuario y por tanto no permitía su disponibilidad para el público, ahora después de casi dos (2) años de suspensión la autoridad minera, vio la necesidad de actualizar y depurar el Catastro Minero Colombiano y así mismo advirtió, que con el plan de descongestión de contratación que se viene adelantando se contaba con un represamiento de 19.629 solicitudes a nivel nacional sin evaluar, de las cuales se han resuelto más de 10.100 con acto administrativo en firme, y se han otorgado 710 contratos de concesión. En cuanto a las solicitudes de legalización se debe establecer y limitar el área que puede ser requerida, trámites que  se empezaron a recibir nuevamente a partir del mes de mayo de este año.      

Con esta determinación, los inversionistas del sector minero, nuevamente quedan desprovistos de la posibilidad de adquirir las áreas para adelantar proyectos mineros, por medio de la concesión, lo cual indudablemente dejará en manos de los inescrupulosos la comercialización de las propuestas de contrato de concesión y títulos mineros otorgados, con la posibilidad de negociar dichas áreas de la manera más conveniente para sus intereses.

Así mismo, debido a la prórroga de la suspensión, por casi dos (2) años, la autoridad minera, ha visto desbordada la presentación de las solicitudes de legalización de minería de hecho, pues los interesados han optado por acceder a este trámite alegando la calidad de mineros tradicionales para iniciar labores de extracción, aun cuando se están allegando pruebas,  que no corresponden a la realidad, presentándose un fraude a la Ley pues través de un acto intencional, se están eludiendo las disposiciones legales y se está buscando el beneficio temporal producto de la explotación minera.

Por lo anterior, el panorama es cada vez más desalentador para los empresarios que desean realizar una inversión en este sector y como consecuencia de la improvisación y de la inoperancia de las instituciones se está incentivando la minería ilegal en el territorio nacional lo cual ocasiona daños ambientales y daños a los yacimientos, limitando de esta manera cada vez que algún día el sector se fortalezca.
 

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