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  • Carlos Eduardo González

miércoles, 16 de agosto de 2017

Para realizar esta diligencia debe acudir a un juzgado de familia y presentar una demanda solicitando la autorización.

Cuando una persona fallece, una de las principales disputas entre familias es la forma en la que se van a repartir los bienes entre su cónyuge, sus hijos e, incluso, otros familiares; sin embargo, para evitar estos conflictos, existe la posibilidad de hacer el proceso en vida.

Para realizar esta diligencia debe acudir a un juzgado de familia y presentar una demanda solicitando la autorización para repartir sus bienes. Tras esto, el juez escuchará a las partes interesadas y analizará si la partición de bienes hecha por el solicitante se ajusta a lo que decreta la norma.

Cabe mencionar que según la Ley, los hijos del dueño de los bienes, son herederos forzosos, es decir, que sí o sí deben quedarse con parte de la repartición. Las otras personas quedan a la discreción de la persona, según explicó Ricardo Buitrago, juez de familia.

Después de surtir este proceso, y siempre que cumpla con los requisitos estipulados por la norma, el juzgado otorgará una autorización judicial.

“Para que se pueda dar la autorización, todas las personas involucradas en la herencia deben estar de acuerdo, de lo contrario no se puede hacer”, añadió Buitrago.

Esta autorización se entrega con el fin de que la persona que realizará la partición de sus bienes respete los derechos que tienen los herederos. Cabe mencionar que este proceso no tiene ningún costo.

“Obtenida la licencia judicial, debe presentar la solicitud ante un notario, y así formalizar la partición de los bienes del solicitante”, según el proceso explicado por el Ministerio de Justicia. Luego de verificar que se cumplen con los requisitos que exige la Ley, el notario procede a elaborar escritura pública, con lo cual “quedará perfeccionada la partición de los bienes del solicitante entre sus herederos”. Este proceso tiene un costo de $55.300.

Tras esto, a quienes se le otorgaron los bienes deben inscribir la escritura pública entregada por el notario en el registro de instrumentos públicos y, en el caso de tratarse de vehículos, deben ser inscritos en el registro automotor.

Tenga en cuenta que la pareja o cónyuge no tiene derechos hereditarios propiamente, aunque si no existen hijos, y los padres ya no viven, el tercer grado corresponde al compañero sentimental.

De acuerdo con Marlén Rueda, abogada de familia, como es un acto voluntario, las herencias no se pueden reclamar antes de que la persona fallezca, a menos de que se surta un proceso conocido como repartición de bienes anticipada, en la cual el causante puede entregar parte de sus bienes.

Además, sepa que al recibir una herencia también adquiere las deudas del difunto y con la plata de la persona se deben pagar las obligaciones, aunque debe hacerlo hasta donde alcance el dinero recibido.

De igual forma, la herencia pasa a ser reconocida como ganancia ocasional, por lo que se calcula el impuesto a la tarifa vigente de 10%.

Antecedentes
En caso de que las personas interesadas en la herencia no se pongan de acuerdo para la repartición de bienes, es posible “presentar una demanda de sucesión ante el juzgado de familia o civil municipal del último domicilio de la persona fallecida”, según la norma.

Cuando son herencias inferiores a los 40 salarios mínimos, no es necesario presentar la demanda a través de un abogado, pero, en el caso de que la cuantía supere este valor, es necesario que el proceso se haga con un jurista.

LOS CONTRASTES

  • Ricardo BuitragoJuez de familia

    “Para que se pueda dar la autorización judicial y se prosiga a la repartición de bienes en vida, todas las personas involucradas en la herencia deben estar de acuerdo, de lo contrario no se puede hacer”.

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