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  • Esperanza Santamaria

sábado, 28 de abril de 2012

El Ministerio de Salud y Protección Social emitió el Concepto Jurídico No. 552211.

Los concejales deben realizar aportes al Sistema de Seguridad Social Integral como trabajadores independientes, en consecuencia, están obligados a realizar aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema General de Pensiones pero son afiliados voluntarios al Sistema General de Riesgos Profesionales, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 13 del Decreto 1295 de 1994. No sobra afirmar que no están obligados a realizar aportes parafiscales (Sena, ICBF y Cajas de Compensación familiar), por tratarse de trabajadores independientes.

En ese orden de ideas, la cotización al Sistema General de Pensiones la debe sufragar el cabildante con sus propios recursos, sobre la misma base que se realizan los aportes al Sistema de Salud, atendiendo las directrices impartidas en la Resolución 1414 de 2008 que sobe el pago a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, dispone.

Esta obligación también se extiende a los concejales municipales o distritales.

Esto, dado que sus ingresos no provienen de una relación laboral o legal y reglamentaria, obligados a aportar a salud y a pensiones, sin pensiones que, en el marco de lo establecido por la Ley 136 de 1994 y el Decreto 3:71 de 2004 la cobertura en salud sea asumida por el municipio o distrito, por vía de la contratación de una póliza con al menos las coberturas del Plan Obligatorio de Salud del Régimen Contributivo H:lel Sistema Gen~1al de Seguridad Social en Salud, o a través de la afiliación a dicho régimen.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Se corrigen unos recursos del anexo del decreto de liquidación de presupuesto fiscal de 2012

Resolución No. 011. Se efectúan unas correcciones a los recursos y sus correspondientes códigos de identificación que aparecen con carácter informativo en el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012.

Se requiere precisar el código de unas fuentes de financiación en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Instituto Nacional de Vías que no afecta el presupuesto de ingresos y sobre el cual Planeación conceptuó favorablemente sobre esta operación.

Ministerio de Salud y Protección Social
Se prorrogan los términos para la implementación de nuevas reglas para recaudo

Decreto 825. Se prorroga por tres (3) meses los términos para la implementación del nuevo proceso de compensación y de las nuevas reglas para el control del recaudo de cotizaciones al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud, definidas en el Decreto 4023 de 2011.º. El aporte al Sistema General de Seguridad Social de los trabajadores vinculados con las instituciones prestadoras de servicios de salud de naturaleza pública, se recaudará a partir del 1º de mayo de 2012.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Se ordena el inicio del examen quinquenal de unos derechos antidumping

Resolución No. 0116. Se ordena el inicio del examen quinquenal con el objeto de determinar si la supresión del derecho antidumping impuesto mediante Resolución número 0825 del 7 de mayo de 2007 a las importaciones del sector calcetería, clasificadas en las subpartidas arancelarias 6115.10.10.00, 6115.30.10.00, 6115.10.90.00, 6115.30.90.00, 6115.95.00.00, 6115.96.00.00 y 6115.99.00.00, originarias de la República Popular China, permitiría la continuación o la repetición del daño y del ´dumping'.

Ministerio del Interior
Se dictan disposiciones sobre la elaboración e implementación de los contratos plan

Decreto No. 0819. Las disposiciones previstas en el presente decreto aplican a los Convenios Plan o Contratos Plan, que se suscriban en desarrollo de lo dispuesto en las Leyes 1450 y 1454 de 2011 y demás normas que rijan la materia. Para efectos del presente decreto, las acepciones Contrato Plan o Convenio Plan son equivalentes. En adelante se utilizará la expresión Contrato Plan. El Contrato Plan es un acuerdo de voluntades cuyo objeto es el desarrollo mancomunado del territorio.

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