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  • Ian Farouk Simmonds

miércoles, 21 de junio de 2017

De acuerdo con Carlos Fradique-Méndez, socio de la firma Brigard & Urrutia, “se trata de la cultura propia de la empresa que le permita adoptar todas las decisiones adecuadas tendientes a garantizar su permanencia en el tiempo por contar con un manejo adecuado de sus políticas y procedimientos internos”.

Las razones de la importancia que ha obtenido este asunto en el contexto nacional e internacional son relativamente claras, de acuerdo con el abogado Fradique-Méndez. “Los recientes escándalos de corrupción pública y privada han puesto en evidencia cómo los riesgos reputacionales y un mal manejo de los negocios de las empresas pueden llevar inevitablemente a su fracaso, independientemente de su tamaño o trayectoria”, señaló.

En ese criterio coincide el abogado penalista Juan José Castro Muñoz, socio de la firma CastroPeláez Abogados, quien destaca que la ausencia de un efectivo asesoramiento en temas de compliance “ha producido en empresas colombianas la quiebra por falta de transparencia y malos manejos administrativos, como también la comisión de delitos por parte de miembros de las compañías lo cual produce la mala reputación corporativa en el ecosistema laboral colombiano”.

Es por ello que, hoy por hoy, el compliance no solo es una herramienta para evitar futuros inconvenientes jurídicos en una empresa, sino que -en criterio de Castro- también se constituye en un elemento “para impulsar la economía de las empresas al demostrar para sus clientes e inversores seguridad jurídica”.

Debido a que estos riesgos están presentes en todos los sectores de la economía y en todo tipo de empresas o entidades, es clara la importancia que cobra el tener una asesoría legal completa en materia de diagnóstico y evaluación de riesgos y en la estructuración de culturas y políticas que permitan a la empresa garantizar su permanencia en el tiempo.

Esto, a la postre, generará la constitución de empresas proactivas evitando y mitigando sanciones, intervenciones judiciales y posibles responsabilidades penales a los miembros de las compañías.

La técnica puede dividirse en dos áreas del derecho

El compliance puede dividirse en dos aspectos: el penal y el laboral. El primero busca la observancia de las normas penales, evitando el cometimiento de delitos, y en caso de comisión poder detectarlos y denunciarlos. En este apartado, explicó el abogado Juan José Castro, el compliance penal puede ser parte del conjunto general del compliance, pero es recomendable tener uno sectorial y específico. En materia laboral, hace referencia a la función corporativa de prevención y gestión de los riesgos asociados a un eventual incumplimiento normativo laboral en las empresas.

La opinión

Camilo Enciso
Ex secretario de Transparencia

“Con la Ley Antisoborno terminó la era en que empresarios y abogados podían lavarse las manos”.

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