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  • Colprensa

viernes, 10 de enero de 2014

Alpina se pronunció sobre la sanción impuesta por la La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en la que, por violar el Estatuto del Consumidor, deberá pagar una multa de $884.250.000. La compañía señaló que cuenta con “suficiente evidencia probatoria que le permitirá acreditar que le asiste la razón y que por lo tanto no habría lugar a la imposición de la referida medida”.
 

La sanción de la SIC está sustentada en que Alpina le atribuyó al producto Regeneris la denominación de yogurt, cuando en realidad era un alimento lácteo fermentado y lo publicitó de esta manera, incurriendo en publicidad engañosa.

Mediante un comunicado, Alpina señaló que el contenido de la decisión, en primera instancia, “está siendo evaluado por la empresa para la interposición, en los términos procesales, de los recursos de ley a que tiene derecho con sus debidas sustentaciones”: recurso de reposición y recurso de apelación.

Finalmente, la compañía señaló: “nos mantenemos en nuestro propósito de alimentar saludablemente a los colombianos, siempre dentro del marco de la ley colombiana y los más altos estándares internacionales”.

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