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Analistas 04/12/2021

Comentarios a columna de Lora

José Leibovich
Analista cafetero
Analista LR

La práctica de compra-venta de café para entrega futura se realiza en Colombia desde hace un buen número de años. Consiste en contratos privados en los que el productor vende una fracción de la cosecha anticipadamente al comprador de acuerdo con el precio futuro para el momento estimado de la entrega que puede ser seis meses o un año adelante.

Ese precio se forma con el precio de futuros en la Bolsa de NY, el precio “forward” de la tasa de cambio y un estimado del diferencial que el mercado reconoce por el café colombiano. La razón por la cual el productor vende parte de su cosecha de esta manera es para eliminar la incertidumbre y asegurar una utilidad sobre parte del café producido.

En la mayoría de las ocasiones ha sucedido que el precio del futuro es superior al precio “spot” y en ese escenario, el productor queda satisfecho, primero, porque aseguró una rentabilidad y segundo, porque si no lo hubiera hecho podría haber incurrido en pérdidas al vender todo su café al precio “spot”; en otras ocasiones, como ahora, el precio “spot” es superior al precio pactado en los contratos a futuro y la satisfacción viene porque la parte que no comprometió la puede vender a mayores precios.

En la coyuntura actual, lo que ha sucedido, y nadie lo podía anticipar, es que el precio “spot” del café se disparó por los fenómenos climáticos que han afectado la cosecha brasilera, llegando a ser el doble o más del precio pactado hace unos meses en los contratos a futuro. Así las cosas, algunos productores que habían firmado contratos vendiendo parte de sus cosechas a futuro, los incumplieron al no entregar el café, para vender toda su producción a un tercero al precio “spot”.

Los perjudicados en primera instancia han sido las Cooperativas que compran café por su cuenta o por encargo de la Federación Nacional de Cafeteros con cargo al Fondo Nacional del Café y los particulares que compran por encargo de firmas exportadoras privadas.

¿Qué debe hacerse frente a esta situación? Sin duda, las Cooperativas y los particulares tienen que hacer valer las garantías establecidas en esos contratos para que los caficultores que incumplieron paguen las consecuencias de su incumplimiento. Se trata de un comportamiento censurable y condenable. Esos productores que incumplieron ya tenían una rentabilidad asegurada. De otra parte, esos productores que incumplieron, en el futuro, seguramente no serán elegibles para nuevos contratos de entrega futura, cuando los precios estén en descenso.

Por supuesto, las Cooperativas que se han visto afectadas por el comportamiento descrito, están en dificultades que se traducen a su vez en dificultades para la Federación en su calidad de exportador y para las firmas exportadoras privadas que también se han visto afectadas. En efecto, tanto la Federación como las firmas exportadoras privadas, también habían vendido el café a futuro a clientes internacionales.

Para evitar que se repita un hecho como el descrito en el futuro, se debería contar con un seguro de cumplimiento que cubra situaciones de incumplimiento. Ese producto, infortunadamente no existe en Colombia. Otra opción, es que el contrato de futuros utilice derivados como las opciones que establecen la opción de entregar el café más no la obligación. Sin embargo, el costo de esas opciones es muy elevado.

De lo expuesto, no se colige una responsabilidad de lo sucedido a la Federación Nacional de Cafeteros. Ella no ha especulado, ni ha inducido a los productores a hacer algo indebido, tampoco a las Cooperativas. Los únicos responsables de lo sucedido son los cafeteros que incumplieron su palabra consignada en un contrato.

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