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La Sala ha revocado de esta forma dos resoluciones anteriores, una del Tribunal Económico Administrativo Central que databa del año 2012 y otra de 2015 emitida por la Audiencia Nacional.
Se encontraba en causa el acuerdo de liquidación de Hacienda con la empresa Citresa, sociedad dominante de Schweppes en España, después de detectar que había adquirido "concentrados y extractos" a Schweppes International Limited -con sede en Holanda- a un precio "que no respondía al valor normal de mercado".
Por este motivo,inició un "expediente de comprobación de valores" que concluyó que debía incrementarse la base imponible declarada en aquellos ejercicios.
Sin embargo, en opinión del alto tribunal, "el método de valoración empleado por la Inspección de Hacienda" entonces para calcular el valor de esos impuestos "no estaba vigente en el momento" en el que se debían haber pagado las citadas tasas, y la legislación tampoco permite su aplicación retroactiva.
De acuerdo con la argumentación de los jueces, ese mecanismo de cálculo se introdujo a finales de 2006 en una ley que recogía diferentes medidas para la prevención del fraude fiscal.
"Por ello, deben invalidarse las liquidaciones impugnadas, al ser éstas fruto del empleo retroactivo de un método de valoración aún no vigente al tiempo de los respectivos devengos del impuesto", han razonado desde la Sala.
El acuerdo se produce tras unas negociaciones entre el gobierno estadounidense y la empresa de Oriente Medio
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