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FINANZAS

La tasa de usura se ubicará en 32,01% para el próximo trimestre

martes, 28 de junio de 2016
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Daliana Garzón Ortegón

Esta es una mala noticia para quienes usan sus tarjetas de crédito, ya que los intereses que se cobran en el dinero plástico tienden a acercarse bastante al límite legal que les impone la tasa de usura para los créditos de consumo.

Respecto a los intereses remuneratorio y moratorio, la Superfinanciera dijo que no podrán exceder 1,5 veces el interés bancario corriente, es decir, el 32,01% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Agustín Vera, director de estrategias cuantitativas de Global Securities, indicó que “desde  2008 la tasa de usura no se ubicaba en este nivel de 32%. Llama la atención el fuerte incremento que se presentó con relación a las tasas de referencias previas. (29% en diciembre de 2015), mientras que las otras tasas de referencia, como las de microcrédito se han mantenido estables”.

Y agregó que “es claro que los incrementos en las tasas de referencia por parte del Banco de la República moderarán la demanda de crédito en los próximos meses, un efecto esperado como medida para controlar la inflación. No hay que olvidar que la baja demanda de crédito podría impactar los balances del sector financiero en las próximas entregas de resultados”.

De acuerdo con la Resolución 0811, el interés bancario corriente efectivo anual  para la modalidad de crédito de consumo y ordinario será de 21,34%, lo cual representa un aumento de 80 puntos básicos en relación con la anterior certificación (20,54%).

“Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos”, indicó el regulador en el comunicado de prensa.

Por otra parte, el ente regulador a través de la Resolución 1341 de 2015 certificó el interés bancario corriente para las modalidades de microcrédito y crédito de consumo de bajo monto,  de la siguiente manera: para el caso de la modalidad de microcrédito, el interés bancario corriente será de 35,42% y el de usura 53,13%.

Por su parte, la modalidad de consumo de bajo monto tendrá un interés bancario corriente de  34,77% y de usura de 52,16%.

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