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“Si los constructores no amparan los perjuicios con alguno de los mecanismos existentes (garantía bancaria, productos fiduciarios, contrato de seguro, entre otros), el régimen legal de responsabilidad no es suficiente para proteger a los afectados por el colapso de la edificación. De nada sirve que el que causa el daño sea condenado, si las víctimas no logran obtener la indemnización respectiva. Por eso es fundamental que se mantengan los artículos 3 y 4 del proyecto de Ley 111 de 2014, propuestas por el Gobierno Nacional”, señala el documento.
Esta iniciativa nació luego de la tragedia del edificio Space en Medellín.
Un informe de la banca de oportunidades explicó que las mujeres tienen un menor nivel de acceso a un crédito, pero son mejores pagando
El informe asegura que 96,6% de los hombres tiene un producto financiero, mientras que 89,8% de mujeres tienen uno de estos servicios
La cartera de vivienda creció 5%, con un saldo a cierre de $2,60 billones con el que se llega a una participación de mercado de 2,53%