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Bogotá cuenta con 23.930 copropiedades aseguradas por $132,9 billones, mientras que la distribución está liderada por vivienda
Según cifras publicadas por la Federación de Aseguradoras de Colombia (Fasecolda), existen 66.842 copropiedades que cumplen con la Ley 675 de 2001 de Propiedad Horizontal, la cual estipula que es obligatorio que las copropiedades cuenten con un seguro de bienes comunes. Estas alcanzan un valor asegurado de $340 billones. De uso comercial son 2.619 copropiedades por $26,5 billones, y de uso mixto 610 copropiedades por $900.000 millones.
Bogotá cuenta con 23.930 copropiedades aseguradas por un valor de $132,9 billones, mientras que la distribución por número de copropiedades corresponde a vivienda (95.5%), comercial (3.5%) y mixto (1%). Así mismo, Medellín cuenta con 11.221 inmuebles protegidos por $56 billones; además de una distribución por número de copropiedades corresponde a vivienda (96.8%), comercial (2.7%) y mixto (1%).
Cali cuenta con 6.664 propiedades aseguradas por $29,7 billones, con una distribución por número de copropiedades corresponde a vivienda (97.3%), comercial (1.8%) y mixto (0.9%); mientras que Barranquilla cuenta con 2.558 copropiedades aseguradas por un valor de $13,7 billones, y la distribución por número de copropiedades corresponde a vivienda (93.7%), comercial (5.6%) y mixto (0.7%).
En el resto del país hay en total 22.469 copropiedades aseguradas por $107.9 billones con una distribución por número de copropiedades corresponde a vivienda (93.6%), comercial (5.4%) y mixto (1%).
Sobre el seguro de bienes comunes protege a los copropietarios de los daños ocasionados por incendio y terremoto, de manera que se pueda garantizar, al menos, su reconstrucción. Entre los bienes comunes de una copropiedad se encuentran la estructura del edificio (vigas, columnas, losas, entrepiso), la fachada, los techos o cubiertas, los ascensores y los parqueaderos.
Así mismo, se pueden tomar coberturas adicionales como responsabilidad civil, rotura de maquinaria, sustracción, actos mal intencionados de terceros (Amit), rotura de vidrios o daños a elementos eléctricos o electrónicos por cambios en la corriente eléctrica.
Las copropiedades deben estar registradas como tal ante de las alcaldías de los municipios y deben contar con NIT. El seguro debe ser adquirido por la administración de la copropiedad, de acuerdo con los estatutos aprobados por la propiedad horizontal.
El valor de una póliza de seguros de bienes comunes depende del valor asegurable, la localización del predio, el año de construcción, el uso de la copropiedad, las políticas de aceptación del riesgo de la aseguradora y las coberturas contratadas.
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