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En el caso del impuesto a la riqueza y su complementario de normalización tributaria, que deberá ser pagado por personas naturales y jurídicas con patrimonios brutos de $1.000 millones o más, tendrán que hacer la declaración y la cancelación de la primera cuota entre el 12 y el 26 mayo, y tendrán que pagar la segunda cuota entre el 8 y el 21 de septiembre.
Para el caso de la sobretasa al Impuesto sobre la Renta para la Equidad (Cree), que es obligación de las empresas que ganen más de $800 millones al año, así como el impuesto como tal, deberán ser declarados y pagados en dos cuotas idénticas, en los meses de abril y junio.
Adicionalmente, la Dian explicó que la declaración anual de activos en el exterior deberá presentarse entre el 8 y el 22 de octubre.
El decreto que estableció los plazos para pagar los nuevos impuestos amplió en 10 días (pasó de 10 días a 20) los plazos máximos para la declaración y el pago de la primera cuota del impuesto a la renta para las personas jurídicas (ahora será entre el 14 abril y el 12 de mayo). La segunda cuota deberá cancelarse entre el 10 y el 24 de junio. Estas modificaciones, explica la Dian, son para facilitar el uso de los sistemas informáticos de la entidad.
Finalmente, el decreto estableció que las sociedades fiduciarias tendrán 15 días calendario para expedir certificados de valor patrimonial de los derechos del fondo de inversiones.
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