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El alcalde Gustavo Petro dio a conocer este auto de la Corte Constitucional en donde resuelve declarar improcedente la solicitud de la representante Nohra Padilla sobre la inclusión de los recicladores.
También aseguró que la Unidad Administrativa de Servicios Especiales (Uaesp) está cumpliendo con los parámetros de las sentencias anteriores en las que se estipulaba la inclusión financiera a esta población en el marco de la recolección de material reciclable.
En cuanto al modelo tarifario, la Corte Constitucional le ordena a la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA) que en el término de 72 horas a partir de la notificación del auto, remita a la Corte la respuesta enviada a la Uaesp sobre el marco tarifario. “En este sentido, solicitarle que -en especial- delimite los motivos que sustentan el concepto “costo evitado” que plantea y por qué considera desacertado aquel esbozado por la Uaesp”.
Por último, la Corte señala que también la Superintendencia de Industria y Comercio debe ser notificada sobre este auto para que las tenga en cuenta en las actuaciones que esté llevando a cabo sobre este proceso.
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