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ECONOMÍA

Alcances del intercambio de información con EE.UU.

martes, 4 de abril de 2017
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Jhon Guzmán Pinilla

En la nueva lista de 43 países, aparece Colombia, junto a países como Brasil y México de la región, aunque también se pueden destacar otros como Jamaica, Dinamarca, Hungría, Lituania, España, Portugal, Canadá, Estonia, Francia, Alemania y otros más.

El principal beneficio para el Gobierno Nacional y para algunas entidades como la Dian, es que se puede lograr un mejor control a la evasión y la elusión fiscal. Esto porque pone en marcha el Acuerdo para el Intercambio de Información Tributaria que Colombia y Estados Unidos firmaron en 2001 y que fue aprobado por el Congreso de la República en 2013 por medio de la Ley 1666.

De acuerdo con el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, “esto reafirma el espíritu de cooperación que existe entre los dos países y el cumplimiento por parte de Colombia de los más altos estándares en materia de confidencialidad y seguridad de la información tributaria”. 

Además, el jefe de la cartera estableció que este puede ser el paso más importante en la lucha contra la evasión pues permitirá saber qué activos financieros poseen en Estados Unidos los colombianos que deban pagar impuestos en el país.

¿Cuál es el procedimiento?
La idea es que las instituciones financieras de Estados Unidos identifiquen los activos de propiedad de cada uno de los residentes fiscales colombianos, así como los rendimientos asociados a estos activos.

Luego estas instituciones reportan la información al IRS, entidad que se encargará de enviar automáticamente a la Dian el informe detallado cada 30 de septiembre de todos los años. 

Sin embargo, hay información de años anteriores que no ha sido revelada, por esta razón la Dian recibirá por parte del IRS los informes de 2014 y 2015 en las próximas semanas.

Esto le permitirá a la entidad de impuestos nacional conocer las personas residentes en Estados Unidos que está omitiendo activos por encima de $5.000 millones, lo cual es un delito.

Horacio Ayala, exdirector de la Dian, comentó que “lo que en realidad se va a reportar desde Estados Unidos son las rentas devengadas por los colombianos. Lo que hará el Gobierno es comparar la información con las declaraciones de impuestos y mirar si la gente declaró. Ahora, lo que suena un poco extraño, o mejor dicho del análisis que le queda a uno es, si la gente tiene grandes sumas sabiendo que las tasas de interés son mínimas. Lo más seguro es que los grandes inversionistas no tengan estos capitales en las cuentas”.

El ministro Cárdenas insistió en que “es completamente legal y legítimo tener cuentas financieras en el exterior; pero es necesario que las mismas sean declaradas por parte de los residentes fiscales colombianos en sus declaraciones tributarias e informadas en la declaración de activos en el exterior”.

Las personas que quieran normalizar los activos que tengan en el exterior y reportarlos a la Dian, este es el último año en que se causará el impuesto complementario con una tarifa de 13% sobre el valor patrimonial de los activos omitidos o los pasivos inexistentes incluidos, en las declaraciones tributarias de años anteriores. 

El Ministerio de Hacienda informó que “el pago de este impuesto trae consigo la no aplicación del régimen de comparación patrimonial en el impuesto sobre la renta y la no imposición de sanciones cambiarias”.

Finalmente, vale la pena recordar que en 1993, Estados Unidos y Colombia firmaron un acuerdo de cooperación de información, que tenía el objetivo de controlar la evasión. Sin embargo, el proyecto no fue aprobado en el Congreso.

Dian insiste en declarar divisas

A propósito de Semana Santa, la Dian recordó a los viajeros la importancia de declarar las divisas cuyo valor sea superior a US$10.000 ($30 millones con tasa de cambio a $3.000), o su equivalente en cualquier otra moneda.

Leonardo Sicard Abad, director de gestión de fiscalización de la Dian, dijo que los viajeros deben cumplir con esta obligación, a fin de evitar la retención de las divisas. “El llamado es a que los viajeros utilicen el formulario, recordándoles que, en caso de tratarse de un grupo familiar, la declaración puede hacerse en un único formulario”.

De esta manera, se pone la lupa en quienes estén omitiendo información.

Las opiniones

Horacio Ayala
Exdirector de la Dian

“La gente que tiene dinero en el exterior no la tiene a su propio nombre, lo que hacen es constituir sociedades para que no los identifiquen”.

Jairo Higuita
Socio de Crowe Horwath 

“El intercambio de información debe ser automático y no rogado. El único impacto será para temas fiscales”.

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