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martes, 7 de noviembre de 2017

En los últimos años la planeación patrimonial y sucesoral se ha visto impactada por cambios importantes. Es así como los “Common Reporting Standads” (“CRS”) y la introducción precaria en la legislación interna de figuras propias de otras jurisdicciones, ha cambiado el panorama para las familias colombianas en relación con su planeación sucesoral.

¿Todavía son aplicables las estructuras como “trusts” y fundaciones?
El concepto de sustancia sobre forma cobra gran importancia actualmente. Anteriormente, las familias utilizaban estructuras de planeación como los “trusts” y las fundaciones asumiendo que no había obligación de declarar el patrimonio en el extranjero. Sin embargo, las familias han tenido que cambiar su posición frente a las estructuras para que las mismas cumplan con las normas tributarias aplicables y a su vez tengan un fin real de planeación sucesoral que dé sustancia a las mismas. Aunque todavía no hay total certeza sobre la interpretación de las autoridades al concepto de sustancia sobre forma, sí es necesario tener en cuenta que las estructuras “cascarón” que se usaban anteriormente ya no son una opción, pues no pasarían el examen de sustancia sobre forma, tal como está concebido en la ley. Así mismo, desde el punto de vista tributario, en algunos casos los “trusts” y/o las fundaciones no resultan ser la alternativa más eficiente.

¿Cuál es la nueva realidad de las estructuras de planeación sucesoral?
En los últimos años, se ha intentado regular figuras como el “trust” y la fundación en la legislación interna. Sin embargo, los conceptos han sido introducidos de manera vaga y parcial, sin tener en cuenta la totalidad de las características en sus jurisdicciones de origen. Lo anterior ha llevado a grandes incertidumbres sobre el tratamiento de este tipo de estructuras en Colombia. Un claro ejemplo de lo anterior es que los “trusts” y las fundaciones han sido asimiladas a estructuras fiduciarias en Colombia, sin tener en cuenta que estos vehículos extranjeros no emiten derechos fiduciarios, como si ocurre con la mayoría de fiducias en Colombia. Teniendo en cuenta que se trata de normas relativamente nuevas, no es clara la posición de las autoridades en cuanto a los titulares de los derechos en los “trusts” y las fundaciones. Por consiguiente, es necesario analizar y predecir la interpretación de las autoridades en un ámbito de incertidumbre e inseguridad jurídica de acuerdo con el concepto de sustancia sobre forma.

¿Cómo afecta CRS las estructuras de planeación sucesoral?
La normalización tributaria y la implementación de CRS ha llevado a un cambio de mentalidad radical a la hora de hacer planeación sucesoral. Anteriormente, las familias preferían utilizar estructuras en jurisdicciones con mayor reserva y confidencialidad respecto de los beneficiarios. En la actualidad, las familias están interesadas en jurisdicciones que ofrecen ventajas sustanciales a la hora de hacer planeación sucesoral. Lo anterior debido a que el secreto y la confidencialidad absoluta ya no son posibles, aunque todavía existe incertidumbre sobre el funcionamiento de CRS por cuanto el sistema está atado a la implementación en cada jurisdicción.