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martes, 29 de agosto de 2017

El pasado 13 de julio la Bolsa de Valores de Colombia (BVC) publicó un proyecto de reforma a su reglamento, mediante el cual se busca, acertadamente, que las participaciones en fondos de inversión colectiva, fondos de capital privado, patrimonios autónomos y otras universalidades derivadas de procesos de titularización sean en adelante negociadas en el sistema de renta variable de la BVC.

¿Cómo funciona hoy en día?
Actualmente, este tipo de valores transan únicamente en el sistema de renta fija de la BVC, el cual, al ser mucho más rígido que el de renta variable, limita significativamente la posibilidad de negociación de los mismos e impide el desarrollo de un mayor interés por parte de los inversionistas locales y extranjeros en este tipo de productos.

¿Cuáles son los efectos del proyecto?
Esta reforma es una importante iniciativa para el fortalecimiento y profundización del mercado de fondos de inversión en el país, pues dota de flexibilidad y liquidez a dichas participaciones y, dadas las buenas prácticas de mercado del sistema de renta variable, supone una mayor transparencia en la negociación de las mismas (ver las FIBRAS en México o los REITS en EE.UU.).

Esta reforma es además un notable avance en aspectos como la formación de precio, mecanismos de liquidez y acceso a la información. En efecto, el hecho de que estos valores se negocien en el sistema de renta variable, permitirá que su valor esté dado por la oferta y la demanda y no únicamente por valor patrimonial de los activos subyacentes del emisor, como ocurre actualmente. Si bien es posible que lo anterior tenga como resultado la negociación de dichos valores a precios inferiores a los actuales, este mecanismo significa en todo caso una mejora en la fijación del precio, pues ahora será el mercado quien determinará el precio de los mismos y los inversionistas podrán negociar con mayor visibilidad estos títulos.

Aunado a lo anterior, la entrada de estos valores al sistema de renta variable, permitirá implementar mecanismos adicionales de liquidez, como la suscripción de contratos con formadores de liquidez, mediante los cuales se mejoren los índices de bursatilidad de estos valores y se motive la inversión en los mismos.

Finalmente, se espera un progreso importante en el acceso a la información, toda vez que estos vehículos estarán obligados a contar con páginas web en las cuales esté disponible la información relevante de las inversiones y, gracias al acceso abierto que hay al portal de negociación de acciones de la BVC, cualquier inversionista podrá verificar constantemente el valor de sus participaciones, situación muy distinta a la actual en la que los únicos facultados para ver la variación del precio de las participaciones son aquellos afiliados al Mercado Electrónico Colombiano (MEC).

¿Qué obstáculos quedan por sortear?
La implementación exitosa de estas reformas dependerá en gran medida de la intervención del Minhacienda y la Dian, pues aún es necesario aclarar si las transacciones que se efectúen en el mercado secundario sobre estas participaciones están o no sujetas a retención en la fuente; un punto sobre el cual se viene trabajando simultáneamente en un proyecto de decreto para consolidar los importantes objetivos de la reforma.