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martes, 11 de febrero de 2014

Los recientes debates respecto de  las actividades mineras, el pago de regalías y el transporte de minerales que llevan a cabo empresas del sector,  y sobre la apertura de investigaciones e imposición de sanciones por el Estado por los presuntos incumplimientos respecto de obligaciones relacionadas con estos temas, han generado aplausos en algunos sectores de la opinión pública. El efectivo proceder por parte de las autoridades ante los infractores, ha sido calificado por algunos como que la institucionalidad en el país sí funciona y que el imperio de la ley está por encima del interés particular.

Sin embargo, en otros sectores se considera que estos y otros acontecimientos,  mandan señales negativas al inversionista y que el denominado “Boom Minero”, como esperanza de una de las locomotoras del desarrollo, previstas por el actual gobierno, ha provocado la disminución del empuje que traía la actividad de manera notoria. La proliferación, en muchos casos improvisada, de limitaciones ambientales como respuesta a los clamores de algunos, y otros tropiezos que impiden que los proyectos avancen, han provocado la salida de importantes empresas del país,  y vienen afectando la confianza inversionista. No sobra advertir que hace 25 años no hay un nuevo emprendimiento importante en el sector minero, por lo que hace falta más y mejores empresas  que quieran invertir.

Por ello no se puede dejar de lado el alto riesgo de perder más inversionistas sino que el Estado colombiano incurra además, en graves incumplimientos de obligaciones y contenidos determinados en los tratados internacionales suscritos con varios países de donde procede la inversión extranjera en este sector. Son muy claros los compromisos adquiridos por Colombia, respecto del respeto a los derechos adquiridos por las compañías extranjeras con intereses económicos en el país. El TLC suscrito con EE.UU., por ejemplo, contempla el deber de “establecer reglas claras y de beneficio mutuo que rijan su intercambio comercial; asegurar un marco jurídico y comercial previsible para los negocios y las inversiones; y evitar las distorsiones en su comercio recíproco”.

Los cambios abruptos generados en la legislación y en las decisiones administrativas,  producto de reacciones frente a los ataques de los opositores a la minería, podrían ser consideradas un desconocimiento de estas obligaciones.

Recientemente Colombia protocolizó su ingreso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, (Ocde), que constituye otra fuente importante de obligaciones para el país. La Ocde reúne a los gobiernos comprometidos con al economía de mercado para generar mejores políticas para una vida mejor. El señor Presidente Juan Manuel Santos, en recientes declaraciones a los medios de comunicación dijo que el ingreso a la Ocde significa que el país mejorará cada vez más la calidad de sus políticas públicas, “Vamos a medirnos con los más altos estándares, se va a incrementar aún más la confianza de los inversionistas en nuestro país, lo que se traduce en más empleo, más competitividad, mejores condiciones de vida para todos los colombianos”. Sin embargo, es importante aplicar lo más pronto posible las correcciones necesarias, al rumbo que hoy se tiene, respecto de la actividad minera, con el fin dar cumplimiento a los propósitos señalados.

De no hacerlo así, el impacto de decisiones erráticas, a través de las cuales las autoridades administrativas sigan restringiendo la exploración y explotación de minerales e hidrocarburos, tanto a las empresas nacionales como a las extranjeras, será la violación del principio de derecho internacional “Pacta Sunt Servanda”, consistente en la obligación de los estados contratantes de cumplir con todos los acuerdos pactados en los convenios internacionales. Según lo dispuesto en la Convención de Viena de 1986, en su artículo 60 numeral 1, al desconocerse el citado principio por parte de un estado,  esto podría significar para éste que “Una violación grave de un tratado bilateral por una de las partes facultará a la otra parte para alegar la violación como causa para dar por terminado el tratado o para suspender su aplicación total o parcialmente”, facultando a la otra parte a dirimir el conflicto ante tribunales internacionales de Arbitramento. Ello sin duda traería costos económicos altos al país, sumados al costo en el prestigio del mismo, como destino de la inversión extranjera en este y otros sectores de la producción. Se perdería no solo la inversión para hacer minería sino en otros sectores que hoy la reciben y la requieren para su adecuado desarrollo.

Esta claro que es necesario un análisis más profundo y detallado de esta problemática, revisar las políticas públicas, la coordinación entre las entidades del estado y las condiciones en que se invita a los nacionales y extranjeros a invertir en este sector. También cabe preguntarse si, frente a recientes decisiones adminsitrativas, vale la pena asumir los riesgos ilustrados en este escrito o hay que encontrar una solución más acorde que nos beneficie a todos. No se trata de que el Estado Colombiano no pueda hacer cumplir las leyes, sino de evitar los cambios bruscos en las reglas de juego, para evitar la pérdida de importantes recursos en inversión, además de la exposición innecesaria a conflictos con otros países, por el desconocimiento de derechos o la poca protección a las inversiones procedentes de tales socios comerciales.