Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

sábado, 19 de agosto de 2017

Cabe advertir que muchas de las prácticas de tratamiento de datos personales por parte de las empresas terminan siendo ilegales

Cada día la información va tomando mayor relevancia para el desarrollo de las empresas, tanto en Colombia como en el mundo.

Con la era de las tecnologías de la información, el internet, las redes sociales y las aplicaciones móviles, la información se ha posesionado como uno de los activos más preciados para las empresas - o en muchos casos el más preciado-, independientemente del sector en el que estas se desenvuelvan.

Evidencia de lo anterior son los incontables esfuerzos de tiempo y dinero que se invierten para recolectar y conseguir, día tras día, más información para que esta pueda ser utilizada como herramienta para la toma de decisiones de negocios.

Con todo lo anterior, podría afirmarse sin vacilación alguna que, en muchos casos, la información como activo de una compañía ha desplazado a otros activos o bienes que se tenían antes como más valiosos.

Y es que lo anterior resulta ser aún más cierto si se tienen en cuenta las innumerables acciones que pueden realizarse con respecto a la información, lo que ha llevado a que hoy en día existan empresas que se dediquen exclusivamente a trabajar con datos personales.

Así, con las infinitas posibilidades y decisiones que pueden tomarse a partir de la información y de los datos personales con los que cuentan las empresas, son inimaginables las oportunidades de negocios y las puertas que se les abren a las empresas en un mercado cada día más globalizado y competitivo.

Sin embargo, ante lo anterior, cabe advertir que muchas de las prácticas de tratamiento de datos personales por parte de las empresas terminan siendo ilegales, ilegítimas y abusivas, desconociendo el derecho de Habeas Data que todos los colombianos tenemos por expresa disposición del artículo 15 de la Constitución Política y la Ley 1581 de 2012.

Así las cosas, se hace totalmente necesario que dentro de cada compañía se establezcan políticas claras para el tratamiento y seguridad de los datos personales, dentro de las cuales se plasmen los derechos, deberes, procedimientos y parámetros que hagan sentir al titular de la información que tiene control sobre sus datos personales y que, al mismo tiempo, permitan a la compañía llevar a cabo sus actividades y desarrollar sus negocios, todo ello con estricta observancia de lo dispuesto por la recién mencionada Ley 1581 de 2012.

Ahora, si bien la exigencia de que las empresas establezcan una política de tratamiento y seguridad de la información que manejan se encuentra en la Ley 1581 de 2012, dicha exigencia no se ha implementado por parte de todas las empresas, y en los casos en los que sí se ha hecho, las políticas, más allá de ser un verdadero instrumento de ayuda y colaboración, son meras copias de las estipulaciones de la Ley 1581 de 2012, sin ningún desarrollo para que respondan a las necesidades de los titulares de la información.

Es por lo anterior que se hace necesario un compromiso real por parte de todas las compañías para que, en el tratamiento de los datos personales y el uso de información como insumo y herramienta, lo primero en todo ello sea la garantía de los derechos de los titulares por encima de cualquier actividad comercial que la empresa quiera desarrollar.