Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Andrea del Pilar Mancera

jueves, 15 de noviembre de 2012

La firma colombiana Vestimundo (dueña de Gef), no está de acuerdo con que la marca Ositos Cariñositos entre al país para distinguir productos de la Clase 25, pertenecientes a prendas de vestir.

Esta oposición es considerable si se tiene en cuenta que el signo solicitado correspondería además de la misma clasificación en la cual la opositora tiene su regitro de la marca Osito nominativa y Baby Fresh mixta, en varias figuras muy parecidas a las de la sociedad colombiana.

Por su parte, la Superintendencia de Industria y Comercio no consideró en primera instancia, que los signos pudieran llegar a genera confundibilidad en el consumidor, y aunque Vestimundo presentó correctamente su oposición, decidió otorgar la marca a la firma Those Characters From Cleveland, Inc, con domicilio en Ohio, Estados Unidos.

El caso se centra en que una vez publicada la solicitud de la marca Ositos Cariñositos, la opositora presentó sus fundamentos para desvirtuar la operación. Esto basado en sus marcas Osito y Figurativa Baby Fresh. Después de esto, la firma americana manifestó que entre los signos enfrentados no existe confundibilidad, y que dicha sociedad tiene registradas las marcas Los Cariñositos y Osito Cariñosito, para distinguir clases 25 y 9, que han coexistido pacíficamente en el mercado, sin causar riesgos de confusión y asociación con las marcas registradas que fueron fundamento de la oposición.

Según la Superindustria, se trata de marcas nominativas y mixtan en las cuales se debe tener en cuenta el elemento denominativo del signo mixto, debido a que generalmente es el preponderante. Esto se explica porque las palabaras causan gran impacto en la mente del consumidor, quien solicita el producto o servicio a través de la palabra o denominación. Sin embargo, se puede establecer que el elemento predominante sea el figurativo o gráfico, ya que depende de sus colores, tamaño, letra, etc.

Pero en este caso, se evidenció que el elemento pedominante es el denominativo, además se encontró que Those Characters From Cleveland tiene el registro de la marca Los Cariñositos, la cual está vigente hasta el 8 de marzo de 2015. Por lo tanto, al estar previamente registrada esta marca, se concluye que los signos Osito y Figurativo Baby Fresh, han convivido pacíficamente en el mercado.

Tampoco se encontró en el análisis de la Superintendencia de Industria y Comercio, que existiera un riesgo de asociación entre las dos sociedades, por lo tanto, considera la entidad de vigilancia y control, que está ausente el riesgo fundamental. Debido a esto, se declaró infundada la oposición de Vestimundo.

Esta decisión cuenta con el recurso de apelación correspondiente. Se debe tener en cuenta en este caso, que la normatividad comunitaria andina, no será registrable un signo cuando resulte idéntico o similarmente confundible con otro ya que no posee fuerza distintiva; de accederse a su registro se estaría atentando contra el interés del titular o titulares de marcas anteriormente solicitadas o registradas, así como el del público consumidor. “Esta prohibición contribuye a que el mercado de productos y servicios se desarrolle con transparencia, y como efecto de ello, que el consumidor no incurra en error al realizar la elección de los productos o servicios que desea adquirir”. En cuanto a la conexión competitiva, que es la relación existente entre los productos o servicios que los signos distinguen y para su determinación, es fundamental tomar en consideración la finalidad o aplicaciones usuales de los mismos. Así mismo, habran de considerarse los criterios para determinar si a través de la finalidad de los productos hay o no conexión competitiva, siendo estos, el principio de la intercambiabilidad de los mismos, que tiene que ver con el hecho de si los consumidores consideren sustituibles, para las mismas finalidades, los productos enfrentados, y el segundo, el de complementariedad, que alude a la circunstancia de que el uso de un producto pueda suponer el necesario uso de otro, o que sin un producto no puede utilizarse otro, es decir, que los productos sean complementarios o vayan a usarse connuntamente.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.