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  • Carlos Eduardo González

jueves, 15 de junio de 2017

Según el Tribunal, el Ministerio utilizó argumentos similares a los que, en su momento, presentó este gremio, por lo tanto, se decidió sumar los alegatos presentados por la cartera dirigida por Jorge Eduardo Rojas a las actuaciones, que desde 2015, ha adelantado el magistrado Óscar Armando Dimaté en este caso.

Entre los argumentos de ambos demandantes se encuentra que “la plataforma digital hace uso del bien público, utiliza el espectro radioeléctrico para su funcionamiento y por tanto requiere de permisos”.

Según citó Caracol radio, se “considera que las pretensiones de las dos demandas se encuentran dirigidas a lograr la adopción de medidas tendientes e impedir la utilización de la plataforma o aplicación y su consecuente bloqueo en el territorio nacional”, por tanto, todo lo que había hasta el momento en esta demanda se anula y seguirá un solo acto de estudio. 

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