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  • Carlos Eduardo González

viernes, 11 de agosto de 2017

Conozca cuáles son las condiciones para ser cobijado por el fuero de maternidad.

Luego de conocerse que Ximena Dueñas, directora del Icfes, seguirá en el cargo debido a que su pareja se encuentra en estado de embarazo, AL se dio a la tarea de conocer hasta qué punto cobija el fuero de maternidad a los compañeros sentimentales de las madres gestantes.

Como una forma de proteger los derechos de las mujeres y, sobre todo, de los niños, la Corte Constitucional, por medio de la sentencia C-005/17, decidió extender la protección ante un eventual despido a las parejas.

De igual forma, la Ley 1822 de 2017, sancionada por el presidente Santos a principio de año, contempló este beneficio en el mismo sentido para los compañeros sentimentales de las mujeres embarazadas.

De acuerdo con expertos en recursos humanos consultados por este medio, el empleado debe demostrar que su pareja embarazada depende económicamente de él para ser cobijado por el beneficio; además, tiene que verificar que llevan más de dos años conviviendo (o que son casados); o que por ejemplo, está afiliada a su seguridad social y comparten deudas.

Fernando Dueñas, profesor de derecho laboral de la Universidad Central, manifestó que la norma no entra a diferenciar con exactitud el tipo de relación que tiene la pareja, pues lo único que evalúa es si la gestante es dependiente parcial o totalmente de su compañero.

“Es indiferente si son novios o si es una relación homosexual de hombres (en el caso de que se esté alquilando un vientre), la Ley vela por la seguridad y supervivencia de la vida del menor que está por nacer”, aseguró el experto.

De acuerdo con la Ley, este fuero se extenderá durante el periodo de embarazo y durante las 18 semanas de lactancia a las que tiene derecho la madre.

En opinión de Arturo Maya, docente de la Universidad Cooperativa, la mujer en estado de embarazo no necesariamente debe depender del trabajador totalmente para ser cobijados por el fuero, pues podría tener ingresos propios, pero si su pareja le da dinero, ambos contribuyen a proteger al menor.

“La Ley irradia los efectos al trabajador para que no sea desmejorada su situación laboral, ni despedido, ni siquiera por justa causa”, afirmó Maya. Aunque en ese tema, el inspector laboral es quien entra a hacer la evaluación por solicitud del empleador.

Según la sentencia SU070/13 de la Corte Constitucional, el Estado tiene una obligación general y objetiva de protección a la mujer embarazada y lactante. Es decir, “se trata de una protección no solo de aquellas mujeres que se encuentran en el marco de una relación laboral, sino, en general, de todas las mujeres”.

Por lo tanto, los expertos coincidieron en que lo más importante es la protección de la vida del neonato, sin importar si conviven o no, o si son una familia heterosexual u homosexual.

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