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  • Carlos Eduardo González

jueves, 10 de agosto de 2017

Conozca los derechos que tiene sobre el cambio de productos que haya comprado por medios no tradicionales.

Es probable que usted y muchas otras personas desconozcan que existe una Ley que les permite cambiar un producto con el que no haya quedado completamente satisfecho después de adquirido.

La Ley 1480 de 2011, en el artículo 47, le ofrece el derecho al retracto, con el cual el cliente puede devolver lo comprado en un plazo de cinco días y exigir la devolución de su dinero.

En primer lugar usted debe acudir directamente a la empresa o proveedor y solicitar que le hagan la devolución de su dinero. Tenga en cuenta que dispone de estos días hábiles después de recibir el bien para presentar la solicitud y debe entregarlo en las mismas condiciones que lo recibió. De igual manera, el dinero le debe ser devuelto máximo 30 días después de haber presentado su petición.

Este tipo de procesos aplica para ventas por internet, catálogos, financiación, televisión o métodos no tradicionales.

Uno de los temas más importantes en este tipo de casos, es que las personas deben tomar conciencia de sus derechos como consumidores, afirmó Nicolás Lozada, socio de Rincón Cuéllar & Asociados, quien agregó que “solo así pueden incentivar la buena conducta de las empresas”.

En caso de que la empresa no reconozca su solicitud, usted podrá acudir a la SIC, en donde puede exponer su caso para que se inicie la investigación que corresponda y se impongan las multas a las que haya lugar.

Según Pablo Felipe Robledo, superintendente de Industria y Comercio, “los colombianos tienen los derechos establecidos en el Estatuto del Consumidor y pueden ejercer el derecho de retracto para compras bajo mecanismos no tradicionales, incluso respecto de proveedores o comercializadores extranjeros”.

Sergio Soto, director ejecutivo de Fenalco Antioquia, aseguró que “el comercio debe siempre acatar la normatividad vigente, tener principios de legalidad y cumplir las normas como una garantía frente a los clientes y consumidores”. Aunque reseñó que estos plazos no pueden ser indefinidos, tampoco arbitrarios o unilaterales, porque producirían inseguridad jurídica.

En cuanto a las transacciones que se hacen desde Colombia en el exterior como en Amazon hay ciertas dudas; sin embargo, Cristian Velandia, presidente de JAM, explicó que, como una medida de protección, está vigente el tratado de mercaderías de Viena, del cual Colombia hace parte, e indicó que en este tipo de ventas a distancia se pueda aplicar la legislación colombiana a pesar de que en las leyes del país no está expresamente definido.

El experto dijo que es necesario revisar “los términos y condiciones” porque ahí pueden especificarse pautas sobre quién asume los costos de envío, por lo que el trámite del retracto sería más complejo.

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