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  • Andrea Mancera Rojas

martes, 28 de agosto de 2012

Por considerar que existen razones de importancia en relación con los derechos fundamentales de una pensionada docente a quien se le negó la solicitud de reconocimiento y pago de pensión de jubilación, el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, insistió ante la Corte Constitucional para la selección de acción de tutela instaurada contra Cajanal.

El 2 de octubre de 2010 la exprofesora elevó derecho de petición a Cajanal con el fin de obtener el reconocimiento y pago de pensión de jubilación como consecuencia de que prestó sus servicios en calidad de docente por el periodo comprendido entre 1962 y 1982. Al resolver el recurso de reposición, Cajanal negó dicha solicitud pero ordenó el reconocimiento y pago de pensión gracia a favor de la peticionaria.

Los jueces de tutela negaron la protección del derecho con el argumento de que existe un mecanismo idóneo como la acción contenciosa administrativa y que no hay afectación del mínimo vital como consecuencia de que la entidad accionada reconoció la pensión gracia.

Para el Ministerio Público la acción contenciosa no resulta idónea para debatir los actos expedidos por Cajanal.
 

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