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  • Carlos Parra Dussan

jueves, 13 de diciembre de 2012

A propósito del Día Internacional de los Derechos Humanos, 10 de diciembre, Resolución 423 de Naciones Unidas, deseo resaltar en esta columna que Colombia creó el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, Decreto Ley 4100 de 2011, con el fin de continuar con los avances en materia de respeto y garantía de los derechos humanos y aplicación del derecho internacional humanitario.

El artículo 2º de la Ley 1450 de 2011, aprobó como parte integrante de la parte general del Plan Nacional de Desarrollo e incorporó como anexo el documento “Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 Prosperidad para Todos”, que en su Capítulo V establece que el Gobierno Nacional creará el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 
 
La creación de este Sistema, destaca a nivel internacional el compromiso de Colombia con la defensa y promoción de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario y propicia una relación de colaboración constructiva con la comunidad internacional. 
 
El Decreto Ley 4100 de 2011, en su artículo 1º, crea el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 
 
Por su parte el artículo 2º define el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, como “el conjunto de principios, normas, políticas, programas, instancias e instituciones públicas del orden nacional y territorial, con competencia en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de la Política Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y en la promoción de un enfoque de derechos y un enfoque diferencial en las políticas públicas sectoriales”. 
 
El Sistema de acuerdo al artículo 4º del Decreto Ley 4100 de 2011, se orienta por los principios y criterios contenidos en la Constitución Política y en los tratados internacionales en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario, así como el principio pro persona, igualdad y no discriminación, progresividad y no regresividad, coordinación, concurrencia, subsidiariedad, complementariedad y corres-ponsabilidad. 
 
El artículo 5º señala como objetivos del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario el de  organizar y fortalecer la institucionalidad pública, estructurar la política integral de derechos humanos y derecho internacional humanitario, promover la incorporación del enfoque de derechos y enfoque diferencial en las políticas públicas sectoriales, impulsar el cumplimiento y seguimiento de los compromisos y obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y derecho Internacional humanitario y contar con un sistema de Información que permita monitorear, hacer seguimiento y evaluar la situación de derechos humanos y derecho internacional humanitario. 
 
Por último, el artículo 7º crea la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, encargada de coordinar y orientar el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 
 
En conclusión, esperamos que con este nuevo Sistema, la implementación de la política integral de derechos humanos y derecho internacional humanitario, pueda resolver la vulneración de derechos humanos y los compromisos de carácter internacional adquiridos por Colombia. 
 
 
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