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  • Natalia Cubillos Murcia

sábado, 5 de marzo de 2016

Así lo aseguró la Superintendencia de Industria y Comercio al advertirle a la compañía no ser un obstáculo para evaluar el óptimo aprovechamiento del espectro. 

La medida cautelar fue motivada por Claro, luego de que argumentara una actuación contraria al principio de buena fe al impedir la práctica de una prueba técnica, ya que en la utilización del espectro hoy favorece a Movistar “en tanto que puede utilizar 100% de su banda en 3G en todo el país, a diferencia de Claro- que, en algunos lugares, solo puede usar 2G”, agregó el ente de control a través de un comunicado de prensa.

El acto en el que se presume  infringen la norma de competencia ocurrieron en Sincelejo el 14 de febrero de 2016, a las 11:00 p.m. cuando se intentaba llevar a cabo el procedimiento que terminará en un análisis completo para la reorganización del espectro.

A las 11:51 p.m. Fabián Herrera, en su calidad de asesor de la dirección de la Agencia Nacional del Espectro, le dijo a Lina María Carnona Osorio que “de acuerdo con las mediciones realizadas por la ANE se evidencia que Telefónica no apagó sus portadoras, razón por la cual no es posible realizar esta noche la reorganización de la banda”.

Por tratarse de una medida cautelar, la entidad sostuvo que es de inmediato cumplimiento.

Al preguntarle a la firma, fue enviado un comunicado en el que se informa que “sin perjuicio del ejercicio del derecho de defensa, cumplirá con la medida cautelar decretada por la Superintendencia de Industria y Comercio; igualmente continuará con la discusión dentro del proceso administrativo que adelanta el MinTIC para definir la pretensión presentada por el operador dominante (Claro) para intercambiar el espectro que les había sido asignado en un proceso de subasta pública.

Cabe recordar que la medida cautelar por naturaleza es preventiva y por ahora la SIC podría recibir una demanda formal por el solicitante.

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