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  • Carlos Parra Dussan

jueves, 9 de enero de 2014

A finales del año pasado, la abogada Astrid Carolina Correa Beltrán, cuando salía hacia su trabajo en el barrio Santa Lucía en el sur de Cartagena, fue víctima de un ataque de un sujeto que esperaba por ella en un puente peatonal, que le arrojó una sustancia ácida.

Los vecinos contaron que Astrid era muy alegre, pues el día del ataque criminal se levantó temprano, como de costumbre, que cantaba mientras hacía el aseo y otras labores domésticas, antes de salir  rumbo a su trabajo. Sin embargo, toda esa alegría cambió en un par de segundos, igual que su vida a las 7:30 de la mañana, mientras caminaba hacia su trabajo, fue víctima de un ataque infame que la tuvo internada en la Clínica Blas de Lezo, pues tiene medio rostro quemado, igual que un hombro, cuello y pecho y también perdió parte de su cabellera.

Les ofrezco disculpas a los lectores por la angustiante descripción de los efectos de las quemaduras de este ácido a Astrid Carolina, no quiero vulnerar la dignidad de la víctima, pero es necesario hacer este relato, para que la sociedad colombiana comprenda los efectos perversos que tiene esta práctica criminal, que desafortunadamente se está arraigando en nuestro país.

Por esta razón, el Congreso de la República aprobó la Ley 1639 de 2013, que sanciona penalmente los ataques con ácido, pues muchos colombianos testigos presenciales y sujetos pasivos de las más disímiles formas de violencia, ahora son víctimas de un flagelo perverso y atentatorio de todos y cada uno de sus derechos, como son las quemaduras con ácido.

Aunque los ataques también se dan contra los hombres, las mujeres como Astrid Carolina Correa  son las más afectadas por éste tipo de agresiones, pues “Cada minuto seis mujeres colombianas son víctimas de algún tipo de violencia y tres son asesinadas cada mes”, según cifras difundidas por el Centro de Información del Sistema de Naciones Unidas Cinu.

La gravedad de las denuncias ha tenido repercusión internacional, pues incluso el Washington Post publicó un artículo de primera plana el 3 de agosto de 2012, resaltando la barbarie de los ataques con ácido en Colombia.

Por toda esta barbarie, encontramos que el objeto de la Ley 1639 de 2013 es “fortalecer las medidas de prevención, protección y atención integral a las víctimas de crímenes con ácido, álcalis o sustancias similares o corrosivas que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano”. 

El artículo 2º de la Ley, modificó el artículo 113 del Código Penal, Ley 599 de 2000, creando como nuevo tipo penal, la deformidad física por ataque criminal con ácido.

Agrega la norma, que “Si el daño consistiere en deformidad física transitoria, la pena será de prisión de 16 a 108 meses y multa de 20 a 37. 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes”. 

Igualmente señala la Ley, que “Si la deformidad fuere permanente, la pena de prisión será de 32 a 126 meses y multa de 34.66 a 54 salarios mínimos legales mensuales vigentes”. 

Termina el artículo 2º incrementando la pena, desde una tercera parte hasta la mitad, cuando la deformidad afecte el rostro, como si no existiera integralidad del cuerpo humano. 

De otro lado, la Ley 1639 de 2013, en su artículo 3º, creó el “Registro de control para la venta al menudeo de ácidos; álcalis; sustancia similar o corrosiva que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano, a cargo del Invima”.

Por su parte el artículo 4º, crea la ruta integral para la atención integral de las víctimas de ácidos, que deberá suministrar información y orientar a las víctimas acerca de los derechos, medidas y recursos con los que cuenta, los medios judiciales, administrativos y de atención en salud. 

El artículo 5º, creó el artículo 53A en la Ley 1438 de 2011, estableciendo que cuando las lesiones personales sean causadas por el uso de cualquier tipo de ácidos, que  generen algún tipo de deformidad o disfuncionalidad, los servicios, tratamientos médicos y psicológicos, procedimientos e intervenciones necesarias para restituir la fisionomía y funcionalidad de las zonas afectadas, no tendrán costo alguno y serán a cargo del Estado.

Por último la  Ley 1639 de 2013, garantiza a las víctimas mecanismos para proporcionar ocupación laboral o su continuidad laboral, según el caso.  

En conclusión, esperamos que con la Ley 1639 de 2013, el sistema judicial pueda castigar severamente a quienes atentan contra la integridad física y psicológica con ataques con ácido, transformando tanto la apariencia física de la víctima que queda completamente desfigurada, como su vida en sociedad.

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