Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Carlos Eduardo González

martes, 20 de junio de 2017

De acuerdo con información de la entidad, cuarenta y cinco días después, plazo máximo estipulado por la norma, la entidad culminó el proceso de revisión, en el cual fueron rechazadas 233.008, por diferentes inconsistencias.

Juan Carlos Galindo Vácha, registrador nacional, manifestó que a partir del 21 junio de 2017 “comienzan a correr cinco días hábiles para que aquellos que no estén de acuerdo puedan controvertir el informe por escrito y justificando las razones que sustentan la objeción. Así lo establece la Resolución 6245 de 2015 del Consejo Nacional Electoral”.

En caso de que se presenten objeciones, la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional “tendrá diez días calendario, para dar a conocer la respuesta definitiva sobre la objeción, al comité promotor y a la ciudadanía en general”.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.