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  • Colprensa

lunes, 13 de enero de 2014

La Corte Suprema de Justicia ratificó la pena de seis años y seis meses de prisión impuesta contra exalcaldes de municipios del Casanare condenados por nexos con las Autodefensas Campesinas de Casanare (ACC), que fueron lideradas por alias ‘Martín Llanos’.

En la sentencia del máximo tribunal se ratifican los cargos a Raúl Cabrera Barreto, Mauricio Esteban Chaparro y Leonel Roberto Torres Arias, quienes siendo candidatos a las alcaldías de los municipios de Villanueva, Sabanalarga y Aguazul, firmaron con las ACC un documento en el que se comprometieron a respaldar a ese grupo en un eventual proceso de paz y de reinserción.

Los hechos se remontan a abril de 2003. De acuerdo con el expediente, con el documento se comprometían además “a apoyar públicamente a las ACC, generar ‘manejo político’ entre la citada agrupación y las autoridades militares, de policía y gubernamentales y a asignarles a las ACC cuotas políticas y burocráticas”

Según el proceso, los entonces candidatos además a crear un fondo destinado a los desmovilizados de las Autodefensas Campesinas de Casanare, proveer al mejoramiento del sector de la salud en beneficio del grupo paramilitar y cederle a sus exintegrantes el manejo de 50% de todo el presupuesto municipal.

“(….)aportarle 10% de cualquier contratación, asistir a las convocatorias públicas del grupo armado, permitirle la orientación en la construcción de obras, afiliarse al partido político de las ACC y cumplir los programas de gobierno”, señala el proceso.

Debido a los hechos que denunció el exparamilitar Carlos Guzmán Daza, los dirigentes fueron acusados junto a otras tres personas, del delito de concierto para delinquir en tono agravado.

Todos fueron condenados a la pena de seis años y seis meses de prisión por un juzgado de Cundinamarca, sanción ratificada, por el Tribunal Superior de Cundinamarca, a través de sentencia del 11 de noviembre de 2011.

Al analizar una demanda de casación con la que pretendían ‘tumbar’ la condena, la Sala Penal de la Corte consideró que esta estaba mal presentada y, en consecuencia, el fallo quedó en firme.

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