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  • Mayerlyn Bautista

miércoles, 21 de octubre de 2015

Estos pueden ser de usos honestos en materia industrial, comercial y que pueden llegar a crear distorsión en el mercado afectando la libertad decisión de los consumidores.

 “Creo que en economías de mercados como la de nuestro país es normal que los consumidores se vean expuestos ocasionalmente a actitudes hostiles o agresivas entre competidores, precisamente porque su objetivo es el de hacerse a una participación de mercado”, explica Juan Guillermo Ortiz, abogado especialista en Derecho de la Competencia y Libre Comercio.

Por su parte, Luisa Zamudio, abogada de la Universidad de los Andes, dice que los actos de competencia desleal son nocivos para el mercado, debido a que cada tipo de acto afecta directamente las relaciones entre empresario y consumidor-producto. 

“Algunos de estos actos que se enmarcan dentro de la competencia desleal son: la desviación de clientela, actos de confusión, descrédito, comparación, imitación y explotación de la reputación ajena”, puntualiza Zamudio.

Estas conductas pueden percibirse con mayor regularidad, sobre todo aquellas en las que se afectan los derechos de los consumidores y generalmente la publicidad resulta el medio idóneo para ello, pues es a través de esta, que los competidores y/o anunciantes llegan a la clientela, “los actos desleales de comparación, engaño y eventualmente confusión son los que quizá ocurren con mayor frecuencia en los escenarios de competencia de nuestro país”, agrega Ortiz.

Estas conductas pueden ser sancionadas desde dos puntos de vista: por un lado, en defensa de intereses particulares (conflictos entre competidores) los cuales se dirimen en escenarios jurisdiccionales en materia civil, donde las condenas a que puede exponerse un competidor desleal, están supeditadas directamente a los perjuicios que se le demanden.

 Por otro lado, en defensa de un interés general la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) está facultada para imponer multas hasta por 100.000 o hasta 2.000 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes a personas jurídicas, en casos en que se demuestre que en un agente incurrió o pudo haber incurrido en actos de competencia desleal que pudieron afectar de manera significativa un mercado y/o intereses de los consumidores.

 Finalmente, y de acuerdo con las opiniones de los expertos, los mecanismos adoptados por el Gobierno para la disminución de este tipo de conductas son los adecuados, por lo que le solicitan a la SIC, que continúe sancionando este tipo de flagelos para que el costo-beneficio de las empresas que cometen estas prácticas no resulte positivo.

Las opiniones

Juan Guillermo Ortiz
Abogado de libre Competencia 

“en economías como la nuestra es normal que los consumidores estén expuestos a actitudes hostiles”.

Luisa Zamudio
Abogada de la U de los Andes

“Algunos actos de competencia desleal, son la desviación de clientela y actos de confusión”.

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