Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Lina Orozco

miércoles, 21 de octubre de 2015

Los resultados positivos de dicha ley no dieron espera ya que, mientras que en 2009 la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso sanciones por un monto aproximado a los $7.000 millones, las multas en 2013 y 2014 fueron por $217.000 millones y $218.000 millones, respectivamente. 

No obstante, el proyecto de ley presentado en agosto en el Senado propone una nueva modificación a los montos sancionatorios por la comisión de prácticas restrictivas de la competencia. La intención, en este sentido, es que estos sean proporcionales al daño económico ocasionado. 

La SIC, organismo que gracias a dicha ley de 2009 fue designado como Autoridad Única de competencia en Colombia, considera que esta multa máxima, equivalente a alrededor de $65.000 millones, “resulta adecuada y proporcional en muchos casos, pero también muy inferior para carteles empresariales u otras conductas que han tenido una larga duración”.

Para la SIC, ente del Ministerio de Industria y Comercio, existen casos en los infractores del régimen son compañías con altos ingresos operacionales o patrimonios, u otros en los que la conducta ilegal se vuelve rentable porque beneficios que ha obtenido la empresa resultan ser superiores a 100.000 salarios mínimos. 

“Lo que hay que evaluar es si las prácticas anticompetitivas están afectando a una parte considerable de consumidores en el país y el impacto de esa afectación”, indica Liza Leonor Pinzón, directora del programa de Administración de Mercadeo y Logística de la Unisabana.

La abogada especialista en Derecho Comercial, Paola Andrea Zuluaga hace énfasis en lo adecuada que resultaría esta nueva forma de cuantificar el daño para fortalecer el sistema económico nacional.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.