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  • Andrea del Pilar Mancera

miércoles, 29 de agosto de 2012

La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que avale el artículo del Decreto Antitrámites que asegura que los vehículos nuevos de servicio particular realizarán su primera revisión técnico mecánica a partir del sexto año, contado desde la fecha de su matrícula.

En concepto entregado a la Corte, el Ministerio Público señaló que la norma no vulnera el deber del Estado de garantizar la buena calidad de los bienes y servicios, ni los derechos a la vida y a gozar de un ambiente sano, por lo que solicitó desestimar una demanda en contra de ese decreto ley.

La norma demandada, que modificó el Artículo 12 de la Ley 1383 de 2010, diferencia entre los vehículos nuevos de servicio particular y los vehículos nuevos de servicio público y fijó el plazo de seis años para que los primeros realicen la revisión técnico mecánica, mientras que para los segundos mantuvo el plazo de dos años.

“Esta diferencia es razonable, toda vez que los vehículos de servicio particular tienen un uso menos intensivo que los vehículos de servicio público, que están rodando de manera permanente a lo largo del día, con lo cual su desgaste es mayor”, señaló la Procuraduría.

En concepto del procurador, asumir que la revisión técnico mecánica a los dos años de haberse matriculado un vehículo nuevo de servicio particular es imprescindible “no parece ser consecuente con la realidad técnica y tecnológica del proceso de manufactura actual de los vehículos.”

Es más, la Procuraduría señala que la revisión técnico mecánica a un vehículo nuevo “parece carecer de sentido, pues tanto el fabricante como el Estado garantizan su buen estado de funcionamiento, el fabricante en razón de sus rigurosos procesos de manufactura, de haber cumplido con los estándares mundiales de la industria y del prestigio de la marca”.

“Disponer que los vehículos nuevos de servicio particular realicen su primera revisión técnico mecánica a partir del sexto año contado desde la fecha de su matrícula, no vulnera el deber del Estado de garantizar la buena calidad de los bienes y servicios, ni los derechos a la vida y a gozar de un ambiente sano”, establece el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, en un comunicado.

Destacó que no puede pasarse por alto que el principal responsable por el uso y por el estado de un vehículo es su propietario y señaló que incluso un vehículo nuevo o que acaba de superar una revisión técnico mecánica, si se usa de manera inadecuada o si no recibe un mantenimiento mínimo puede sufrir y causar daños. El procurador recordó que conducir un vehículo es una actividad peligrosa que involucra múltiples riesgos, incluso si se trata de un automotor nuevo o revisado recientemente, pues convergen factores como la conducción de otras personas, la calidad y señalización de las vías, las condiciones del medio ambiente y la prudencia de los peatones, para evitar que ocurran accidentes.

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