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  • José A. Hofmann Del valle

viernes, 18 de marzo de 2016

Ésta situación, según los estudiosos, se debe a la existencia entre nosotros de lo que algunos denominan “democracia sin pueblo”, donde se adoptan formalmente los métodos del gobierno democrático, pero se excluye en la práctica a la población nacional de las decisiones que la afectan. 

Lo anterior, degenera en círculo vicioso: un grupo  de la población políticamente excluido, toma las armas; el Gobierno de turno, llega a un acuerdo con ese grupo para que cese su accionar violento, pero las nuevas condiciones de ese acuerdo, dejan a otra parte de la colectividad excluida, que a su turno inicia una nueva guerra civil. 

De hecho, hoy estamos en un conflicto que se originó por la exclusión del Frente Nacional de sectores distintos a los dos partidos tradicionales. Para evitar repetir éste ciclo histórico, el Gobierno Nacional, estableció en la agenda de la mesa de negociaciones con las Farc, que los acuerdos que de ella se derivaran debían ser refrendados por el pueblo. 

Frente a éste particular, han surgido tres posiciones en el debate nacional: quienes no quieren que los acuerdos sean sometidos a consideración popular; los que desean que sí lo sean por medio de un plebiscito y los señores de las Farc, quienes desean que los acuerdos de paz con ellos se traduzcan en la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente. 

Los escenarios son tres, están claros y por lo tanto merecen ser analizados. Así las cosas, quienes desean que los acuerdos no sean sometidos a consideración popular, ignoran la experiencia histórica y la realidad actual de la nación, pues unos acuerdos de paz, en un país tan polarizado como Colombia, para que sean sostenibles en el tiempo, requieren necesariamente del apoyo  mayoritario de  la población. 

Por otro lado, está la Asamblea Nacional Constituyente, que resulta inviable e ineficaz. Inviable porque su convocatoria requeriría ser avalada con la participación de una tercera parte del censo electoral vigente, es decir 10,9 millones de colombianos, algo que nadie, ni siquiera el expresidente  Álvaro Uribe, en el cenit de popularidad, logró convocar para la aprobación de su fallido referendo en 2003. Por otra parte, es ineficaz porque en Colombia, al final de cada guerra civil,  se expidió una nueva Constitución, llegando así en total nueve constituciones, de las cuales ninguna ha logrado su cometido de pacificar el país.

Queda entonces el plebiscito, que en el caso concreto de los acuerdos de paz, su aprobación sólo requeriría la participación 4,4 millones de ciudadanos, por lo cual resulta ser la figura jurídica más adecuada para pronunciarse sobre la viabilidad los acuerdos de la Habana, algo que desea hacer más de 80% de colombianos, según la última encuesta Napoleón  Franco.

Por éstas razones, el plebiscito únicamente puede ser declarado inexequible por vicios de procedimiento por parte de la Corte Constitucional (Art.241, C.N, hay que decir las cosas claras: si éste Tribunal decide declarar inconstitucional el plebiscito para la paz por razones de fondo, tal como lo están solicitando algunas voces al más alto nivel, estaría no sólo rompiendo el estado de derecho extralimitando sus funciones, también cerraría  la posibilidad de una paz que consultara a todos los sectores nacionales. 
 

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