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jueves, 2 de agosto de 2012

Es importante abordar la obesidad desde la perspectiva jurídica, ahora que se le considera un asunto de salud pública por la Ley 1355 de 2009, esto a propósito del artículo de Alejandra Azcárate en la revista ALÓ Mujeres, titulado 'Las 7 ventajas de la gordura', publicada el pasado jueves 5 de julio, en la edición número 608.

El modelo como se diseñan las sociedades, teniendo presente solo las necesidades de una persona considerada 'estándar', excluye a otras.

Por esto, el reconocimiento de la diversidad humana es un asunto que concierne a toda la sociedad colombiana.

Las palabras de la señora Azcárate, más allá de ser ofensivas para un grupo de personas en atención a su aspecto físico, desconocen la realidad de miles de mujeres y hombres que a diario combaten la exclusión social y que se desviven por alcanzar un estándar de belleza irreal absurdo. La diversidad humana hoy más que nunca, es un elemento configurante de la sociedad colombiana.

La sociedad ha dejado de ser una sociedad con una identidad única, para configurar múltiples formas de diversidad social y cultural.

La fuerza del debate contemporáneo colombiano, radica en el reconocimiento de la diversidad humana como un deber de respeto de todas las personas, los grupos y el Estado, poniendo en consideración no solo el análisis de la exclusión, sino las condiciones y posibilidades de inclusión social y política como derechos de todos los ciudadanos.

De esta manera, las cifras de la Encuesta Nacional de Demografía y Salud (2010), el 4% de las mujeres (entre 18 y 64 años) son delgadas, 46% está en el rango recomendable y el sorprendente 50% está en alto riesgo de sobre peso.

En Colombia la Ley 1355 de 2009, declara que la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a ella son ahora prioridad de salud pública, de interés nacional y deberán ser incluidas para su tratamiento en el Plan Obligatorio de Salud, POS.

Igualmente, la Ley establece que la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN) creada por el CONPES 113 de 2008 será la máxima autoridad rectora de la Seguridad Alimentaria y Nutricional en Colombia, encargada de dirigir la Política Nacional de Nutrición.

De esta manera, la Ley 1355 de 2009, declaró el 24 de septiembre como el Día Nacional de Lucha contra la Obesidad y el Sobrepeso.

No podemos aceptar estos artículos abiertamente discriminatorios, ahora que Colombia aprobó la Ley Antidiscriminación 1482 de 2011.

Mucho menos con el pronunciamiento que ha realizado la Corte Constitucional en la Sentencia T-1090 de 2005, que define la discriminación como: 'un acto arbitrario dirigido a perjudicar a una persona o grupo de personas con base en estereotipos o perjuicios sociales'.

Este tipo de artículos generan violencia y discriminación contra la diversidad humana, al perpetuar estereotipos imposibles y enfermizos que se alejan de lo verdaderamente importante.

Por último, deseo enviar mi sentimiento de solidaridad y apoyo a las personas que todos los días luchan para no ser excluidos por la sociedad por no encajar en el modelo estándar, deseo pedirles que cuiden su salud, sobre todo la salud mental para aceptarse y quererse como son, enriqueciendo la diversidad humana.

En conclusión, la obesidad es un asunto que tiene que ver con la salud pública, que no puede ser objeto de violencia ni exclusión social, ahora que Colombia lucha contra la discriminación con la Ley 1482 de 2011, razón por la cual la obesidad debe ser una responsabilidad social compartida, que garantice el respeto de la diversidad humana.

CARLOS PARRA DUSSAN

Universidad Sergio arboleda
 

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