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  • Andrea del Pilar Mancera

viernes, 31 de agosto de 2012

La Superintendencia de Sociedades decretó la “muerte comercial” a Manuel Nule Velilla, Miguel Eduardo Nule Velilla y Guido Alberto Nule Mariño, miembros y accionistas de las empresas del denominado Grupo Nule.

Según el auto 405-008540 del 22 de agosto, con esta medida se inhabilita a los integrantes para ejercer el comercio por 10 años.

Documentos conocidos por LR muestran que los ex representantes legales y miembros de junta directiva de las empresas del denominado grupo, eran los encargados de ejecutar las decisiones sobre los negocios de la compañía y que estas a su vez, eran aceptadas, permitidas y avaladas por los asociados.

Según los expertos, esta modalidad no es nueva, sin embargo, sí destapa una nueva posibilidad para que el Estado o cualquier tipo de afectado en su patrimonio pueda asegurar sus dineros o simplemente evitar que este tipo de sanciones se sigan cometiendo.

Más sancionados
Si bien la sanción más fuerte cobijó a los primos Manuel, Guido y Miguel Nule, las inhabilidades también aplican para otros vinculados con el Grupo como Viviana Nule Velilla, hermana de Miguel y Manuel Nule, y accionista de MNV; Israel Darío Navarro Vega, ex administrador miembro de junta directiva de Gas Kpital GR S.A; Alexander de Bedout Nule en calidad de ex representante Legal Suplente de Gas Kpital GR S.A y Elba Stella Barrera Gallón en su condición de representante legal suplente de Ponce de León y Asociados S.A.

Tres años
En el caso de Viviana Nule Velilla, accionista de MNV; Israel Darío Navarro Vega, ex administrador y miembro de junta directiva de Gas Kpital GR S.A en liquidación; y Alexander de Bedout Nule, representante Legal Suplente de Gas Kpital GR S.A la Superintendencia de Sociedades los inhabilitó para ejercer el comercio por un período de tres años cada uno. Igual inhabilidad se decretó para Israel Darío Navarro Vega, ex administrador, miembro de junta directiva de MNV S.A.; y para Hitler Calderón Oñate, ex administrador, miembro de junta directiva de la sociedad MNV S.A.

Cinco y siete años
La Superintendencia de Sociedades también inhabilitó a Elba Stella Barrera Gallón en su condición de representante legal suplente de Ponce de León y Asociados S.A. Ingenieros Consultores en Liquidación Judicial para ejercer el comercio por el término de 5 años. Igual inhabilidad pero por siete años se decretó para Luis Rafael Montorrosa Ricardo en calidad de ex representante legal de MNV S.A. en Liquidación Judicial. Finalmente las autoridades advirtieron que en la búsqueda de lucro, los accionistas no pueden realizar actos defraudatorios que distorsionen la realidad económica, financiera y contable de la empresa porque estos actos van en contra de los intereses de los acreedores, quienes confiados en una información financiera otorgan contratos y créditos que al final de la mañana no se podrán cancelar.

Controlantes
La Superintendencia de Sociedades mediante la resolución 126-007070 del 9 de julio de 2010, modificada por la resolución 300-15418 del 13 de octubre de 2011 declaró como controlantes conjuntos de las sociedades Gas Kpital GR y MNV a Manuel Francisco Nule Velilla, Miguel Eduardo Nule Velilla y Guido Alberto Nule Mariño.

Esta decisión se fundamentó en situaciones jurídicas y aspectos tales como la participación accionaria, la unidad de propósito, y de dirección que concurrían en ellos respecto de las anteriores sociedades.

Las deudas del Grupo Nule
Los pasivos de MNV, Gas Kpital, Ponce de León, Bitácora Soluciones y Translogistic, según los informes de las autoridades se ubican en más de un billón de pesos ($1.304.126.845.822).

Adicionalmente en la calificación y graduación de estas cinco empresas se establecieron créditos contingentes, es decir sujetos a condición, por más de quinientos mil millones ($589.443.228.137)

Activos por debajo del 1%
En cuanto al inventario valorado de las sociedades en liquidación el citado auto de graduación y calificación establece como total para las cinco sociedades en liquidación judicial una suma de once mil millones ($11.858.756.232), que correspondería a menos del 1% de los pasivos determinados para estas empresas.

¿Qué consiste es la muerte comercial?
Documentos oficiales advierten que quien esté inhabilitado para ejercer el comercio no podrá gerenciar una empresa, ser parte de una junta directiva, tomar créditos mercantiles, constituir una sociedad, operar una cantera, contratar obras públicas con el Estado, realizar cotidianamente y de manera profesional compraventas de bienes, arrendamientos comerciales y construcciones. Lo anterior, nuevamente, solo a título de ejemplo.

¿En qué podría ocuparse?
Según informes oficiales, los inhabilitados podrán adquirir bienes para el consumo domestico, enajenar obras artísticas de su autoría, explotar una finca o ejercer una profesión liberal, además de aquellos actos de comercio cuya naturaleza se pueda deslindar de la actividad de profesional del comercio. Según el abogado Ignacio Cantillo, esta figura consiste en el impedimento para ejercer actividades comerciales por un tiempo establecido por la entidad de control. En este caso, la Superintendencia de Sociedades. Las principales implicaciones que puede tener una personal es que no puede formar sociedades, no se puede ser accionista de ninguna compañía, tampoco formar parte de juntas directivas, entre otros actos de comercio que marginan la creación y la participación en empresas. Esta figura como tal no es un concepto jurídico, sino que es una expresión coloquial en el derecho. Aquellos actos que afecten la creación de cuentas entre otro tipo de actividades más personales, pueden entrar en contradicción con los Derechos Fundamentales y no es posible definir a simple vista si un acto como el de los Nule puede llegar hasta esas instancias.

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