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  • Eliana Clavijo Ortiz

sábado, 11 de febrero de 2012

De los enfrentamientos que se presentan con una mayor regularidad en el ámbito de las disputas por el registro de exclusividad de marcas que se producen en la Superintendencia de Industria y Comercio, los que protagonizan los laboratorios forman un capítulo aparte y se centran en el registro de los medicamentos que muestran en su amplia oferta.

Uno de los casos más recientes se produjo cuando dos empresas de esta naturaleza, Memphis Products S.A. y Laboratorios Seres Ltda. entraron en choque por la distintividad de sus productos. Memphis solicitó el registro como marca nominativa del signo `Kidofen` para distinguir productos comprendidos en la clase 5a de la Clasificación Internacional de Niza, mientras que Laboratorios Seres presentó oposición con el fin de desvirtuar la solicitud de registro marcario de esta referencia, con fundamento en la supuesta similitud y confundibilidad del signo solicitado con la marca registrada `Kyofen`.

Valoración Dentro del estudio que efectuó la Superindustria, se estableció que, de acuerdo con lo contemplado en el Tribunal de Justicia de la CAN, está señalado que 'al comparar marcas denominativas, debe realizarse una visión de conjunto, operando con la totalidad de los elementos integrantes, teniendo en cuenta el juicio comparativo de la totalidad de las sílabas y letras que forman los vocablos de las marcas en pugna'.

En este punto, la Dirección de Signos Distintivos, al analizar los signos previamente representados, encuentra que existen semejanzas susceptibles de causar riesgo de confusión y analiza que esto obedece a que las expresiones `Kidofen` y `Kyofen` coinciden en la mayor parte de su secuencia gramatical (K-O-F-E-N), a lo que se suma que la letra 'I' del signo solicitado produce el mismo sonido vocálico de la letra 'Y' del signo opositor, llevando a que las marcas en estudio se presenten gran similitud en el aspecto fonético y visual.

Asimismo, la entidad comentó que teniendo en cuenta de los graves daños que una eventual confusión entre marcas que amparan productos farmacéuticos puede causar a la salud de los consumidores, el examen de registrabilidad debe ser más riguroso, a fin de evitar la posibilidad de confusión entre los consumidores al instante de la adquisición del producto.

Por lo tanto, se precisó que de coexistir las marcas enfrentadas en el mercado, para distinguir productos o servicios idénticos, inducirían al consumidor a error respecto al origen empresarial de los productos o servicios que buscan distinguir, entonces los signos confrontados son confundibles, generando la necesidad de que sea analizado su conexión competitiva entre los productos o servicios que amparen o pretendan amparar.

Tanto el signo requerido y la marca registrada identifican la misma clase de productos como lo son 'productos farmacéuticos y veterinarios, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, entre otras. De acuerdo a lo anterior, se puede visualizar que los signos presentan idénticos canales de comercialización y se promueven mediante los mismos medios de publicidad, por lo que concederse el registro de la marca se generaría riesgo de confusión. En consecuencia, La Dirección de Signos Distintivos, declaró fundada la oposición presentada por Laboratorios Seres Ltda y se niega el registro como marca `Kidofen`, para distinguir productos comprendidos en la clase 5 Internacional.

Antecedentes El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina de Naciones señala que 'el examen de confundibilidad debe tener un estudio y análisis más prolijo evitando el registro marcas cuya denominación tenga estrecha similitud, para evitar que el consumidor solicite un producto confundiéndose con otro, lo que en determinadas circunstancias pueda causar un daño irreparable a la salud humana, más aún considerando que en muchos establecimientos, medicamentos de delicado uso, son expendidos sin receta médica y con el solo consejo del farmacéutico en turno'.

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