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  • Germán Corcho Tróchez

jueves, 15 de agosto de 2013

Por un posible riesgo de confusión con una marca de la taiwanesa Rotam Agrochemical, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le negó en primera instancia a la minera suiza Xstrata el registro de su signo homónimo, el cual pretende explotar en el mercado colombiano en la clase 44 de la Clasificación Internacional de Niza.

La entidad de control resolvió que el nombre Xstrata, cuyo reconocimiento marcario fue pedido por la compañía europea a través de la firma de abogados Castillo Grau & Asociados, es susceptible de acarrear el riesgo de confusión con el concedido previamente a su competidora. Es decir, está inmerso en una de las causales de irregistrabilidad dispuestas en la normatividad de la Comunidad Andina.

Xstrata es una sociedad originaria de Suiza que en mayo de este año fue adquirida definitivamente por la londinense Glencore, surgiendo así Glencore Xstrata, considerada la quinta fusión más grande en la historia del sector de los recursos mineros. Esta multinacional es una de las principales productoras de carbón, cobre, níquel, vanadio, zinc y ferrocromo, y su mapa operacional incluye a Bogotá y otras capitales de Sudamérica, así como de Norteamérica, África, Oceanía, Asia y su natal Europa. Su rival marcaria, la taiwanesa Rotam Agrochemical, es una firma que comercializa en 60 países del mundo, incluyendo a Colombia, productos químicos para atacar plagas y regular el crecimiento de plantas, el tratamiento de semillas, además de medicinas para animales y humanos.

En su análisis, la directora de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio no concede el registro a Xstrata como marca porque considera que, si se aprecia en conjunto “de manera sucesiva” con su homónima registrada por Rotam Agrochemical, presentan similitudes que son susceptibles de confundir o inducir al error al público consumidor. “Como bien se verifica, el signo Xstrata” solicitado por la minera suiza “reproduce totalmente la estructura gramatical de la marca” de la empresa Rotam Agrochemical, “sin que los elementos adicionales gráficos permitan establecer una clara diferenciación”, se lee en la resolución de la SIC del 30 de noviembre del año anterior.

También juega en contra de la firma Xstrata que, para la delegada, generaría confusión en el mercado el hecho de que ambos nombres ofrecen servicios y productos en clases de Niza que se complementan y publicitan en medios afines: la 44 (agricultura, horticultura y silvicultura) y la 5 (farmacéuticos y veterinarios, entre otros).

“Para la prestación de los servicios en las diferentes áreas de la agricultura, horticultura y silvicultura, los empresarios para atacar los hongos, las malezas y las plagas, necesitan de la aplicación de productos de la clase 5, para la destrucción de animales dañinos; fungicidas y herbicidas, motivo por el cual están íntimamente relacionados”, explica la decisión.

La compañía suiza, no obstante, tiene la posibilidad de interponer un recurso de apelación en contra de esta resolución de primera instancia, ante el superintendente delegado para la Propiedad Intelectual de la Superintendencia, quien puede decidir en segunda instancia si confirma o no el anuncia de la Directora de Signos Distintivos.

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