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  • Carlos Eduardo González

martes, 8 de agosto de 2017

Si usted es papá, en más de una ocasión habrá sufrido el problema de no saber con quién puede dejar a sus hijos y, a lo mejor, terminó acudiendo a una tía, una sobrina o a algún vecino para que los cuidara, lo cual no tiene ningún problema legal ya que en Colombia no hay definida una norma que reglamente el cuidado de los menores de edad.

De acuerdo con la legislación actual, las personas que ejercen como niñeras están incluidas entre los denominados empleados domésticos que, al igual que el resto de trabajadores, gozan de los mismos derechos y beneficios que plantea el Código del Trabajo.

Ante esto, Arturo Maya, profesor de derecho laboral de la Universidad Cooperativa de Colombia, manifestó que “hay que eliminar ese símil de que cuidar niños es un servicio doméstico”, pues aunque el trabajo es una labor de la casa, esto no incluye la formación pedagógica que sí cumplen, por ejemplo, las jardineras.

Sin embargo, una persona que ha sido contratada como empleada doméstica puede hacer las funciones de una madre, como darle la comida al menor y evitar que el niño se accidente, explicó el abogado, lo que sitúa a los padres ante vacíos legales pues no todos los trabajadores de esta condición deberían poder cuidar niños.

Usted debe tener en cuenta que por contratar estos servicios, ya sea por días, de forma semanal o mensual, tendrá que pagarle todas las prestaciones de ley, como salud, pensión, primas, cesantías, vacaciones o el subsidio de transporte, de manera proporcional a los días trabajados, destacó Teresa Páez, experta en derecho laboral de la Universidad Central.

En el sentido de los contratos, todos tienen validez, verbales y escritos, siempre que cumplan tres condiciones: prestación del servicio, subordinación, y salario; sin embargo, se recomienda, según los expertos, hacer un contrato escrito en el que se especifiquen todas las obligaciones contractuales, como de qué se va a ocupar, en qué tiempos lo va a hacer y cuánto se va a pagar.

Además, Páez comentó que, actualmente, no existe en el país nada que tenga que ver con legislación especial en este sentido, puesto que no existe esta figura en el régimen colombiano, lo que genera incertidumbre.

En el mismo sentido opinó Maya, quien dijo que “efectivamente hace falta regular este tipo de profesiones, ya que no hay una ley sobre el tema, a diferencia de países desarrollados en donde este tipo de trabajos son respetados y bien remunerados”.

Así, los juristas manifestaron que es necesario que se cree algún tipo de norma que haga un marco jurídico en torno a este tipo de labores, ya que, entre otras cosas, puede existir abuso laboral por parte de los empleadores, que “contratan a una empleada del servicio y le asignan funciones del cuidado de niños, sin que la persona tenga la capacidad, ni la formación pedagógica para estar con el menor. Ahí existe un abuso legal”, explicó Maya.

El empleador debe tener presente que, en caso de que a su hijo le ocurra un accidente, lo máximo que usted puede hacer es sancionar a la persona o terminarle el contrato, y el proceso podría volverse engorroso pues en busca de más castigos tendría que acudir al derecho penal.

A pesar de esta situación legal, existen varias empresas en el mercado para que usted no sufra dejando a sus hijos bajo el cuidado de cualquier persona. AL encontró algunas organizaciones como Homewatch Caregivers, Clean Service Solutions, Nanita Nana o Inimini que se dedican a proveer estos servicios.

Según un sondeo hecho por este medio en algunas de estas firmas, un día de trabajo de seis horas de una niñe

ra puede costar entre $40.000 y $60.000, aunque la modalidad de contrato es bajo prestación de servicios o, dependiendo del caso, por obra o definido.

Responsables de estas empresas señalaron que cuando un cliente requiere de sus servicios, se hace una evaluación del entorno y de la casa, para así saber qué es lo que necesita realmente la familia y los menores.

Por otra parte, en general, los servicios de cuidado son ofrecidos por personas con formación técnica o profesional en diferentes áreas, como lo es la psicología o la pedagogía infantil.

Antecedentes
Como ocurre con otros oficios similares, es probable que la persona que trabaja para usted cuidando a sus hijos también labore en otras casas, por lo cual cada uno de los empleadores debe contribuir, proporcionalmente al tiempo laborado, con el salario para que las niñeras puedan acceder y pagar su seguridad social.

Según quedó establecido por la Ley, los empleados domésticos, y no domésticos, tienen derecho a recibir una prima de servicios cada seis meses y también tienen el derecho a ser afiliados a alguna de las diferentes cajas de compensación.

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