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sábado, 10 de octubre de 2015

La primera de ellas se llama Alexandra Parra. Hace tres años (en 2012), en compañía de Jorge Eduardo Sánchez Perea y Jonnathan Cadavid Ospina, decidieron registrar la marca Summerland como el nombre de un festival de música electrónica que se haría anualmente.

En ese momento ella gerenciaba la empresa Onbeat en Medellín, mientras que Sánchez hacía lo mismo con su compañía Dancerepublick en Cali y Cadavid, igual, pero en Bogotá con la firma The Royal House Society. Las tres compañías eran perfectas para el manejo de eventos musicales, razón por la cual decidieron asociarse bajo una misma marca (Summerland) para impulsar a artistas nacionales e internacionales en el género de música electrónica.  

Una de las razones por las que esta alianza era ideal para el festival era porque participaba la sociedad de Cadavid, un reconocido DJ que en el mundo artístico era llamado Johnny House-in. Esto se traducía en contactos y experiencia, pues The Royal House Society había traído a importantes figuras como Armin Van Buuren, Tiësto, Dash Berlin, Paul Van Dyk y otras personalidades que para ese momento eran las mejores del mundo como: Danny Tenaglia, Mauro Picotto, Antoine Claraman y Sydney Blue. 

Tres meses después de ese  primero de diciembre de 2012, fecha en  que las tres empresas decidieran registrar la Organización Summerland, aparece la segunda mujer protagonista en esta historia. Su nombre es Gloria García de Parra y es la madre de Alexandra Parra, una de las socias de Summerland.   

García, quien trabajaba en la empresa de su hija Onbeat, solicitó el registro de la marca mixta Summerland en la Clase 41 internacional el 15 de marzo de 2013, acto que fue rechazado por uno de los socios de Summerland el 28 de mayo de 2013, cuando el apoderado de The Royal House Society (Jairo Armando Agudelo García) presenta una demanda de oposición ante tal solicitud de registro. 

“La señora García solicitó el registro de la marca mixta Summerland a su nombre, desconociendo los derechos de todos los socios del festival (incluyendo a su propia hija) unos meses después de que se llevara a cabo la primera versión del Festival Summerland, el cual tuvo lugar los primeros días de enero de 2013”, indicó el co-titular de la marca Summerland, Jorge Sánchez Perea.  

El vocero aclaró que ante la presentación de pruebas de que García no era socia del festival de música, la SIC le negó dicho registro. Agregó que, así se lee en la Resolución N° 81012 del 9 de diciembre de 2013, “la señora Gloria García Parra tenía conocimiento de la existencia de la denominación Summerland en el mercado para los servicios que pretende identificar, no obstante procedió a solicitarlo bajo su titularidad, en detrimento del esfuerzo y los intereses comerciales ajenos, por lo cual analizadas las pruebas en su conjunto frente a los hechos anteriormente descritos, se observa la configuración del indicio razonable respecto de un potencial acto de competencia desleal”. 

Pero el pleito no se detuvo ahí. García siguió intentando registrar la marca Summerland con depósitos de enseña comercial, un acto que según definición de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) “no concede derechos, como sí lo hace el registro”. 

Mientras estos intentos continuaban, en agosto de 2014 se registra un cambio en el grupo de socios de Summerland, pues sale Cadavid (propietario de The Royal House Society) y entra Luis Alejandro Carranza Zamora, CEO de All For One (también como representante legal). 

Tres meses después de ese nuevo registro, una decisión vuelve a darle un giro a esta compleja historia. El 23 de octubre de 2014, la SIC concede el registro de la marca mixta Summerland a García y ante la magnitud el hecho, un mes después  se le solicita a ese organismo, incluir como cotitulares a Parra y a Sánchez, un hecho que se concreta en enero de 2015. 

Así se mantuvo la sociedad hasta que en mayo de 2015  Parra cede su parte accionaria a su mamá (Gloria García de Parra), quedando solo dos socios. Aunque ambos acordaron un contrato de transacción en la que decidieron que ninguno de los podía usar la marca sin la autorización previa de cada uno, los pleitos continuaron. 

“Por eso se decidió iniciar un nuevo proyecto denominado Storyland con una imagen limpia y sin    tener ningún tipo de relación ni con Parra ni con su madre”, concluyó Carranza.

Antecedentes
Las diferencias Parra y su madre Gloria García de Parra quedaron evidenciadas el 26 de agosto de 2015, cuando Parra se presentó en la Notaría 26 para hacer una declaración con fin extra procesal. Ahí quedó registrado: “Empezaron a surgir inconvenientes con mi madre, la señora Gloria García de Parra, consistentes en: 1. registro sin nuestra autorización de un establecimiento de comercio denominado Summerland (...) 2. solicitó sin ningún tipo de autorización el registro de la marca mixta Summerland (...) 3. procedió a depositar como enseña comercial el logo que identificó a Summerland”.   

Lola Kandelaft
Abogada de Muñoz Abogados
“Cuando la Superindustria concede un registro, previamente debe hacer un análisis para que lo nuevo que se está presentando no genere confusión con otra marca ya solicitida o         registrada”. 

María José Lamus
Directora de Signos Distintivos de la SIC
“La enseña comercial se deposita y se refiere a la identificación de un establecimiento, mientras que el nombre comercial es la marca con la que se identifica el comerciante, y esa sí se registra”.

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