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jueves, 12 de julio de 2012

Concepto Jurídico No. 015930 - De acuerdo con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los funcionarios públicos no pueden condonar los intereses moratorios de una deuda sin autorización expresa de la ley.

'Como la competencia para condonar intereses moratorios la tiene el Congreso de la República, los funcionarios que los condonen sin que exista una expresa autorización legal, no solo se extralimitarían en funciones, sino que adicionalmente con su actuación estarían generando un detrimento patrimonial para la entidad estatal acreedora de los mismos', sostuvo la entidad.

Según Minhacienda, este tipo de conducta configuraría un detrimento patrimonial para la entidad pública que la concede, porque implicaría la renuncia a una obligación cierta y exigible, amparada por la legislación para compensar el perjuicio que sufrió la entidad estatal por el incumplimiento de su deudor -independientemente de que su deudor sea otra entidad pública o un particular.

En este orden de ideas, añade, la obligación que tienen los deudores de pagar intereses de mora se justifica en razón al daño antijurídico que causan a la entidad estatal acreedora, consistente en la imposibilidad de disponer en tiempo del dinero al que tiene derecho y que forma parte de su presupuesto. Así mismo aclaró que si una entidad estatal decidiera exonerar del pago de intereses de mora a sus deudores incumplidos, estaría desconociendo que el no pago en tiempo, produce para dichos deudores un beneficio que consiste en haber tenido dentro de sus patrimonios, durante el tiempo de la mora, el dinero que debieron pagar de manera oportuna sobre los mismos. (ES)

Ministerio de salud y protección social

Personas que sufran afectación en la salud no tienen restricciones en tratamientos del POS

Concepto Jurídico No. 88032 - De acuerdo con Minsalud, cualquier persona que sufra algún tipo de afección en su salud no tiene restricciones para acceder a un tratamiento integral de rehabilitación, dentro de las condiciones, parámetros y tecnologías dispuestas en el Plan Obligatorio de Salud, POS, a través de la Entidad Promotora de Salud a la que se encuentre afiliado el mismo y dentro de la red prestadora de servicios que tenga contratada la Entidad Prestadora de Salud.

Tribunal administrativo de cundinamarca

Pretensión de enriquecimiento sin justa causa debe enmarcarse dentro de reparación directa

Expediente: 2008-0246 - Si bien este hecho se considera una acción independiente y que podría regularse por normas del derecho privado en sus aspectos procesal y sustancial, debe ser enmarcada dentro de las acciones que taxativamente se encuentran reguladas en el C.C.A., es decir que la pretensión de enriquecimiento debe enmarcarse necesariamente en alguna de las acciones previstas en el ordenamiento, siendo la más adecuada la acción de contenido indemnizatorio, la reparación.

Superintendencia financiera de colombia

Directrices relacionadas con la readquisición de acciones por parte de una sociedad comercial

Concepto Jurídico No. 095115- El artículo 396 del Estatuto Mercantil señala expresamente que para adquirir acciones propias por parte de una sociedad, se deben emplear fondos tomados de las utilidades líquidas de ejercicios anteriores. El procedimiento de readquisición de acciones por parte de un emisor no está contemplado como de los que requieren autorización previa por parte de la Superintendencia, los cuales están señalados en la Circular Externa 005 de 2005.

dirección de impuestos y aduanas nacionales

Facultades de fiscalización y de investigación que hacen parte de la Administración tributaria

Concepto Tributario No. 0311

98 - 1. Verificar la exactitud de las declaraciones u otros informes 2. Adelantar las investigaciones que estime convenientes para establecer la ocurrencia de hechos generadores de obligaciones tributarias, no declarados; 3. Citar o requerir al contribuyente para que rindan informes o contesten interrogatorios; 4. Ordenar la exhibición y examen parcial de los libros, comprobantes y documentos, del contribuyente como de terceros, legalmente obligados a declarar.

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