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  • Esperanza Santamaria

viernes, 25 de mayo de 2012

La entidad sancionó con 85 salarios mínimo legales a la Cámara de comercio, la cual corresponde al monto máximo establecido por la Ley, por encontrar que esta entidad desconoció la normatividad aplicable al haber otorgado descuentos sobre la tarifa de afiliación a algunos comerciantes.

De igual forma, la SIC cuestionó que la Cámara hubiera limitado la entrega de certificados de existencia y representación legal a los afiliados.

La Cámara de Comercio de Barranquilla también fue sancionada por realizar visitas a comerciantes que solicitaron su afiliación, sin criterios objetivos y uniformes, y sin que tal actividad estuviera incorporada en su reglamento interno.

“Se precisó que las cámaras pueden, en ejercicio de sus funciones, realizar visitas con el fin de verificar la calidad de comerciante, siempre que las mismas respondan a criterios objetivos y razonables, aplicados de manera uniforme a todos los que pretenden afiliarse”, sostuvo la SIC.
 

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