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  • Carlos Parra Dussan

jueves, 29 de noviembre de 2012

El pasado 19 de noviembre en La Habana Cuba, fue instalada formalmente la tercera fase del proceso de paz, entre el Gobierno colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia FARC, donde las partes continúan con la agenda acordada, con cinco puntos esenciales que incluyen desarrollo agrario, participación política, fin del conflicto, narcotráfico y víctimas.

Respecto al primer punto de la agenda, la restitución de tierras se enmarca en la Ley de Víctimas, Ley 1448 de 2011 con la que el Gobierno pretende restituir los terrenos usurpados en el marco del conflicto armado.

De esta manera, es importante recordar que el tema de la tierra ha estado girando en la historia colombiana alrededor de todas las violencias que hemos vivido, así en los años 60s bajo el impulso reformista de la Alianza para el Progreso, se aprobó la ley 135 de 1961 o de reforma social agraria, pero sus resultados fueron precarios porque los representantes de los sectores opuestos a la misma tomaron el tema de si las tierras eran o no adecuadamente explotadas, como argumento jurídico para impedir que la reforma agraria fuera una realidad.

Posteriormente, con los cambios introducidos en el gobierno de Carlos Lleras, que se expresaron en la Ley 1 de 1968, no se pudo lograr una redistribución de la tierra significativa, por lo que promovió la creación de la Asociación Nacional de Usuarios de los Servicios del Estado, más comúnmente conocida como la ANUC.

Con el actual Gobierno, el 10 de junio de 2011 con la presencia del secretario general de Naciones Unidas Ban Ki-moon, el Presidente de la República Juan Manuel Santos Calderón, sancionó la Ley 1448, conocida como la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.  El problema ha sido el procedimiento de restitución de tierras,  que se compone de dos etapas, una administrativa y otra judicial, estableciéndose macrozonas que comprende distintas regiones del país, que se caracterizan por ser las de mayor abandono de tierras y desplazamiento forzado, imposibilitando su restitución, aspecto que fue reconocido por la Corte Constitucional como derecho fundamental en la Sentencia T-821 de 2007.

En suma, algunos de los problemas de la Ley de Víctimas es su lenta implementación, la falta de articulación institucional entre el Gobierno Nacional y los entes territoriales, las precarias condiciones de seguridad de los reclamantes de tierras y la no participación efectiva de las víctimas en la ejecución de la ley, temiendo que de seguir así se pierda la credibilidad en la Ley 1448 de 2011.

Por estas razones, es muy importante que el gobierno estimule la organización de las víctimas y de los campesinos demandantes de sus tierras despojadas, para que ellos como fuerza social dentro de la democracia, sean aliados del gobierno en la restitución de tierras y al mismo tiempo, ejerciendo el derecho a la participación, constituyan una verdadera auditoría social en la ejecución de esta política.

En conclusión, el Gobierno colombiano sabe que una adecuada ejecución de esta ley, es un gran salto adelante en el camino de la paz, además contribuye con otro de los argumentos que han justificado la violencia en el pasado, constituyendo un avance fundamental en la consolidación del Estado Social de Derecho y de la democracia, permitiendo unos diálogos productivos y eficaces con la guerrilla para el cierre político de la confrontación armada.
 

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