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  • Carlos Parra Dussan

martes, 7 de enero de 2014

No quería pasar estas fechas sin hablar de nuestro anhelo colectivo a la paz, así hago referencia a que la Organización de Naciones Unidas aprobó la Resolución A/RES/65/309, que considera la felicidad como un enfoque holístico del desarrollo, conmemorando el 20 de marzo el día internacional de la felicidad.

Colombia aprobó esta Resolución a través de la Ley 1583 de 2012, comprometiéndose el Gobierno Nacional a adoptar medidas que contemplen la importancia de la búsqueda de la felicidad y del bienestar, las cuales servirán como guías para el desarrollo de políticas públicas.

De esta manera, los colombianos soñamos con la anhelada paz, ahora que se debe garantizar la felicidad, ahora que tenemos la Constitución Política que traza el derrotero de la paz y ahora que mantenemos los diálogos de paz en la Habana. 

Igualmente, el artículo 2 de la Ley 1583 de 2012, consagra la obligación del Gobierno Nacional, de generar información sobre los indicadores e iniciativas en esta materia, como una contribución al bienestar del pueblo colombiano a la agenda de la Organización de las Naciones Unidas y al logro de las metas de Desarrollo del Milenio.

El documento considera, que las modalidades insostenibles de producción y consumo pueden obstaculizar el desarrollo sostenible y reconoce la necesidad de que se aplique al crecimiento económico un enfoque más inclusivo, equitativo y equilibrado, que promueva el desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza, la felicidad y el bienestar de todos los pueblos.

También reconoce, que el indicador del producto interno bruto, por su naturaleza, no fue concebido para reflejar la felicidad y el bienestar de las personas de un país, pero nadie puede negar, que la paz constituye un indicador indispensable para medir la felicidad.

Por esta razón, Colombia debe mejorar el puesto 144 entre 158 países del índice de paz global IPG, que es la principal medida de paz mundial, elaborado por el Instituto para la Economía y la Paz, que evalúa los actuales conflictos internos e internacionales, la tranquilidad y seguridad en la sociedad y la desmilitarización de 158 países mediante 23 indicadores diferentes.

La felicidad, como objetivo y aspiración universal, es la manifestación del espíritu de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, que aunque no incorporen específicamente el derecho a la paz, si es claro que constituye un propósito universal de la humanidad.

En este sentido, en septiembre de 2000 los jefes de estado de 189 naciones firmaron la declaración del milenio, pero con la preocupación y compromiso de evitar que fuese un instrumento más y por ello plantearon que esta Declaración interpretara la Carta de las Naciones Unidas y la promoción y defensa de los derechos humanos, de tal manera que recogiera las declaraciones, convenciones y acuerdos que sobre derechos humanos se promulgaron durante la década de los noventa y particularmente la declaración de 1995 de Copenhague o declaración sobre el desarrollo social.

Los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio especifican y logran reunir las problemáticas fundamentales que enmarcan el desequilibrio mundial, como erradicar la pobreza extrema y el hambre, enseñanza primaria universal, promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer, reducir la mortalidad de los niños, mejorar la salud materna, combatir el VIH/Sida, el paludismo y otras enfermedades y garantizar la sostenibilidad del medio ambiente.

Colombia suscribió la Declaración del Milenio que obliga al cumplimiento de unos Objetivos en un período de tiempo determinado, para lo cual se han adoptado otra serie de decisiones de política pública como el Conpes 091 de 2003, las siete herramientas de equidad social, la misión contra la pobreza, la agenda interna de productividad y competitividad, el actual Plan Nacional de Desarrollo “Prosperidad para Todos”, Ley 1450 de 2011, que en su artículo 6º consagró las Metas del Milenio y el Marco Jurídico para la Paz, Acto Legislativo 1 de 2012. 

La Resolución invita a los Estados Miembros a que adopten nuevas medidas, que reflejen mejor la importancia de la búsqueda de la felicidad y el bienestar en el desarrollo, con el fin de que guíen sus políticas públicas, desde luego, con el componente del derecho a la paz.

En conclusión, la Resolución aprobada por la Ley 1583 de 2012, declara que la búsqueda de la felicidad es un objetivo humano fundamental, que debe impactar las políticas públicas, determinando un nuevo enfoque de desarrollo, que genere mayor bienestar en nuestro país, incorporando la paz como índice de felicidad.

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