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  • Carolina Delgado

jueves, 29 de septiembre de 2016

¿Cuál era el objetivo de la Ley de Estabilidad Jurídica?

Evitar que los inversionistas descartaran a Colombia como destino de inversión por temor a los cambios súbitos en la legislación, que además impedían anticipar y cuantificar los riesgos y beneficios de las modificaciones legislativas periódicas (C-242 de 2006). 

¿Por qué era necesario un cambio en la regulación?

Para 2005 Colombia no se caracterizaba por su seguridad jurídica y esto obstaculizaba los beneficios que tendría el país gracias a la inversión. Por esta razón, se diseñó un instrumento que debía blindar a los inversionistas frente a los cambios legislativos.

A su amparo, cerca de 60 empresas comprometieron más de $10 billones en inversión, nuevas plantas, expansión de la producción, reconversión industrial. Así mismo, fueron  obligados a pagar entre el 0,5% y el 1% del valor de la inversión por concepto de prima de estabilidad jurídica, a cambio de que el Estado les asegurara permanencia en las normas, principalmente tributarias.

¿La Ley de Estabilidad Jurídica cumplió su objetivo? 

El auge en la firma de los contratos tuvo lugar entre 2008 y el primer semestre de 2010. Sin embargo, desde finales de 2009 se empezó a evidenciar que dicho instrumento no era garantía de estabilidad jurídica. Primero fue el impuesto al patrimonio, luego el Cree y finalmente el impuesto a la riqueza. 

Frente a los tres, la Dian interpretó que los inversionistas con contratos de estabilidad estaban gravados con los nuevos impuestos pues las normas que los crearon no podrían haber influido en su decisión de invertir, por cuanto no existían al momento de la suscripción de los mismos. 

A inicios del año la Dian interpretó que los inversionistas que hubieren estabilizado la deducción especial por inversión en activos fijos reales productivos solo podían hacer uso de ella respecto de los montos y tiempos de inversión comprometidos. 

Con base en esa interpretación, que fue recientemente revocada, la Dian había iniciado fiscalizaciones a los contribuyentes con contratos de estabilidad jurídica que hicieron uso de la deducción en años diferentes a aquellos en los cuales se pactó el desarrollo de la inversión. 

Esta situación preocupa a los inversionistas que invirtieron grandes sumas de dinero porque se consideraron protegidos y genera un efecto negativo sobre la inversión.

¿Cuáles son las alternativas?  

Colombia no ha superado la inseguridad jurídica del 2005, en promedio en las dos últimas décadas se ha aprobado una reforma tributaria cada dos años, y aquellos inversionistas que confiaron legítimamente en la ley de estabilidad, han vivido en carne propia los riesgos que quisieron evitar con un pago. 

La tarea del Ministerio de Hacienda y la Dian en la elaboración del proyecto, y los congresistas en el debate y aprobación de la Reforma Tributaria es enorme. Es necesario conciliar las necesidades de recaudo con las perspectivas económicas de corto y largo plazo para asegurar una productividad sostenida del país. 

La participación del sector empresarial en la discusión tributaria es crucial y, hoy con mayor razón, es importante el compromiso que el Estado asuma en la conservación de las normas que determinan las decisiones de inversión.

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