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viernes, 31 de agosto de 2012

La realidad es que en las ciencias jurídicas a la pena se le presta muy poca atención. En las Facultades de Derecho no se enseña la penología hace muchos años, y en los cursos de derecho penal lo usual es que no se le dedique tiempo alguno a explicar el fenómeno de la pena, la cual se explica apenas como la consecuencia natural de la comisión de un delito y suele quedar entre aquellos temas que no se vieron en la asignatura, pero que debe estudiarse para el examen final, o, como dicen algunos profesores “para la vida”.

A nivel legislativo la situación es aún peor. Dos intentos de reformar la legislación penitenciaria han fracasado, lo que nos lleva a vivir con un Código de 1993, no solo desactualizado frente a los tiempos que corren, sino que resulta incompatible con el Código Penal, del año 2000 y el Código de Procedimiento del año 2004. Por demás, en nuestro país, como en el mundo, ha calado el populismo punitivo, en el que se realizan constantes incrementos de penas sin considerar las consecuencias que ello trae, en aras de conseguir el voto del electorado. Basta con mirar las más de 35 reformas a nuestro Código Penal en apenas 11 años de vigencia, para comprender este terrible fenómeno.

Entre nosotros, estos incrementos de penas jamás han estado precedidos de un estudio serio sobre el impacto que los mismos tendrán a nivel de hacinamiento carcelario. La tendencia en nuestro Congreso es la misma que en las Facultades de Derecho, es decir, que el problema de la cárcel no es asunto de nadie, que para resolver la cuestión basta con construir más y mejores centros penitenciarios.

Pensemos no más cómo el Estatuto Anticorrupción establece que las penas por delitos de corrupción deben cumplirse de manera íntegra, como no, en un centro carcelario. Esto incrementará notablemente, a futuro, el problema del hacinamiento carcelario, asunto sobre el cual nadie ha reparado a la fecha.

Lejos de ello, nuestro Congreso reacciona frente a cada problema carcelario de una manera ligera, esto es, o decretando rebajas generalizadas de pena, o señalando, como lo hace de manera increíble la Ley de Seguridad Ciudadana, que la mitad de la condena puede cumplirse en casa, con lo que se liberan cupos carcelarios que rápidamente son llenados con cientos de ciudadanos que día a día ingresan a prisión.  

La verdad es que es hora de replantear esta cuestión de fondo. Entender que no podemos seguir con soluciones coyunturales a una cuestión estructural. Proponemos  que en adelante se exija que cada proyecto sobre incremento de penas esté acompañado de un estudio serio sobre el impacto que el mismo tendría en la población carcelaria, estableciendo el costo que para todos los colombianos genera cada interno en una de nuestras prisiones, de manera que el análisis económico de los proyectos de ley se extienda al ámbito de lo punitivo, y no se limite, como hasta ahora, a los asuntos tributarios.

Hay que superar un sistema penal tan poco creativo como el nuestro, en el que las únicas alternativas para quien ha cometido un delito son o la prisión o la multa, generando nuevas alternativas de punibilidad como el trabajo comunitario, y otras medidas que permitan el cumplimiento de la pena fuera de la prisión.

Por demás, es hora de prestar atención a la relación entre internos condenados e internos en detención preventiva, índice este que debe ser mucho menor al de los condenados, pues mucho habíamos avanzado en este aspecto en el que el retroceso es evidente por cuenta del sistema penal acusatorio, ferviente admirador de la detención preventiva.
 

Francisco Bernate Ochoa

Abogado penalista

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