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  • Carlos Eduardo González

sábado, 12 de agosto de 2017

Al momento de reclamar la custodia de sus hijos, tenga en cuenta lo que el juez considerará para tomar una decisión.

Uno de los temas más difíciles de definir al momento de un divorcio es quién se queda con la custodia de los hijos, puesto que, en la mayoría de los casos, ambos padres quieren convivir con los niños.

Una de las claridades que deja por sentada la Ley 1098 de 2006, en el artículo 23, es que, aunque uno de los dos padres tenga la custodia, ambos tienen las mismas responsabilidades y deben garantizar su bienestar.

De igual manera, hay que tener presente que ambos seguirán compartiendo la patria potestad sobre el menor no emancipado, solo que uno de los dos tendrá la custodia.

Aunque lo ideal es que la pareja llegue a un acuerdo sobre la tenencia y las visitas a los menores, Ricardo Buitrago, juez de familia y profesor de la Universidad Cooperativa, señaló que cuando el caso llega a lo judicial, uno de los factores más decisivos a la hora de otorgar el cuidado del niño es buscar el interés superior del menor, “mirando cuál de los dos padres es más idóneo moralmente, entendiendo por moral varios factores como lo económico y el entorno”.

Además, el juez de familia también tendrá en cuenta el tiempo disponible que tiene el padre para cuidar a su hijo, la edad de ambos y, una premisa fundamental: la opinión del menor, quien podrá expresar con cuál de los dos se siente mejor.

Aunque la gente tiende a pensar que las madres son las que mayoritariamente se quedan con la custodia de los hijos, los expertos aseguraron que no es un tema de género, sino de encontrar quién proveerá mejores condiciones al menor para su desarrollo integral.

Además, el hecho de que un juez le otorgue la custodia a uno de los padres no quiere decir que esa medida no pueda ser revocada, explicó Guillermo Navarro, socio de Navarro Martín Abogados, quien dijo que la autoridad puede retirar este beneficio en varios casos en los que se evidencie que el menor no vive en las condiciones adecuadas.

Por ejemplo, si se evidencia que el padre es alcohólico, drogadicto, que permite el abuso psicológico o sexual del niño, que lo maltrata, que en algún momento lo abandonó o que fue privado de la libertad, el juez, además de revocar la medida, también puede quitarle la patria potestad, con lo cual perdería todos los derechos de representación legal sobre su hijo.

“Si en algún momento se detecta que el padre está en alguna circunstancia en el campo personal, económico o social, que ponga en riesgo al menor, se puede iniciar un proceso para quitar la custodia y pedir que se le dé al otro”, resaltó Navarro.

Por otra parte, existe la posibilidad de que ninguno de los dos padres sea idóneo para obtener el cuidado de sus hijos, en tal caso, se puede surtir el proceso para que algún familiar cercano, como los abuelos, tíos o hermanos, mayores de edad, puedan quedarse con el menor.

De acuerdo con la Ley, “la obligación de cuidado personal se extiende además a quienes convivan con ellos en los ámbitos familiar, social o institucional, o a sus representantes legales”.

En caso de que ni los padres, ni ningún otro familiar puedan hacerse cargo, será el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar el que asuma la protección de los derechos del niño.

Antecedentes
Cuando hay más de un hijo dentro de la relación, es importante resaltar que existe la posibilidad de que ambos padres puedan quedarse con la custodia de alguno de los hijos, puesto que, si se hace por mutuo acuerdo, los menores pueden decidir con cuál de sus papás se quiere quedar a vivir, según explicó la abogada de familia Marlen Rueda. No obstante, la experta indicó que cuando el caso pasa a lo judicial, es muy difícil que un juez decida otorgar las custodias de cada hijo a un padre diferente.

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