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  • Jorge Chavarro Aristizábal

miércoles, 28 de marzo de 2012

Las antes conocidas como Antillas Holandesas, que eran consideradas como unos territorios autónomos del Reino de los Países Bajos, han sido objeto de un cambio radical, del orden constitucional, dentro de la estructura jurídica del mencionado Reino.

Este cambio conlleva el surgimiento de un nuevo ordenamiento jurídico y éste trae también consecuencias en la protección marcaria.

¿Cómo era la composición anterior?
El territorio perteneciente al Reino de los Países Bajos estaba constituido por cinco islas en la región de las Antillas Menores, a saber: Curaçao, Bonaire, San Martín, Saba y San Eustaquio, todas ellas con un estatuto en plano igualitario frente a su gobierno central.

¿Cómo era allí el régimen de protección de las marcas?
Con una sola solicitud de registro presentada ante la oficina local de propiedad industrial se podía obtener un registro que cubría todo el territorio de las Antillas Holandesas. Es decir, una solicitud, un registro, una oficina de marcas, así como una misma legislación.

¿Cómo quedó ahora conformado este territorio?
La transformación constitucional consistió principalmente en la creación de los nuevos entes territoriales siguientes: Curaçao, San Martín, Caribe Holandés (conformado a su vez por Bonaire, Saba y San Eustaquio). Curaçao y San Martín pasaron a ser estados autónomos constituyentes del Reino de los Países Bajos (tal como lo es también Aruba desde hace ya algunos años).

En consecuencia, ahora Curaçao y San Martín tienen cada uno su propio gobierno, instituciones y parlamento locales que se dedican a los asuntos de política interna; los temas de relaciones internacionales y de defensa de sus territorios quedaron sometidos a lo dispuesto por el Reino de los Países Bajos. Los territorios de Bonaire, Saba y San Eustaquio se convirtieron ahora en municipios de ultramar del Reino de los Países Bajos denominados el Caribe Holandés y su legislación, tanto interna como externa, es la misma del Reino al que pertenecen.

¿Cómo es ahora el régimen de protección de Marcas en estos territorios?
Ahora hay una oficina de Propiedad Industrial en Curaçao y otra en San Martín, así como una legislación sobre marcas para cada uno de dichos estados. Quien tenga interés en proteger su marca en uno de estos territorios, o en los dos, deberá hacer pues una petición independiente ante la oficina de propiedad industrial respectiva. Si se trata de pretender la protección de una marca en Bonaire, Saba y San Eustaquio, la solicitud de registro debe hacerse ante la oficina de propiedad industrial en donde se protegen las marcas para el Reino de los Países Bajos, que es la que se conoce como Oficina de Propiedad Industrial de BENELUX.

Esta oficina es una sola con cobertura o jurisdicción para tres países, que son a su vez miembros de la Unión Europea: Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo. Esta oficina de Propiedad Industrial de BENELUX cuenta con un departamento encargado de administrar la legislación y los registros de marcas que tienen cobertura en los municipios de ultramar conocidos como Bonaire, Saba y San Eustaquio.

¿Qué implicaciones tiene lo anterior para los exportadores colombianos?
Que ahora todo empresario colombiano que tenga interés en comercializar sus productos y/o servicios en los territorios mencionados deben iniciar, cuanto antes, su proceso de registro para obtener la protección en la jurisdicción correspondiente.

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