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jueves, 16 de agosto de 2012

El sistema de salud creado con la Ley 100 de 1993, constituyó un modelo de privatización de un bien público como lo es la salud, mostrando casi desde el comienzo las limitaciones de dicho modelo.

Los tres cambios de fondo fueron los siguientes: que la prestación y administración de los servicios se convirtieran en un sector empresarial con ánimo de lucro, limitar el campo de la salud a dos paquetes de atención de enfermedades, el régimen contributivo y el régimen subsidiado y convertir al Estado en un garante del mercado, reduciendo de manera significativa su responsabilidad, sus aportes y por tanto su autoridad sobre el sistema.

El modelo desde el comienzo mostró serios límites al convertir la salud en un negocio, crisis que se incrementó con la reforma constitucional del Acto Legislativo 01 del 2001, que recortó los recursos destinados a la educación y a la salud.

Pese a que la Ley 1122 de 2007, tuvo una serie de avances en la organización del Sistema General de Seguridad Social en Salud las medidas que se han desarrollado en virtud de la misma, han resultado insuficientes;Las reformas, amparadas por una supuesta emergencia social en salud, fueron enterradas por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C- 252 de 2010, declarando la inexequibilidad del Decreto Legislativo número 4975 de 2009 y desde entonces se han ido agravando los síntomas de deterioro del modelo.

Por estas razones y ante el deterioro de los servicios de salud, la Corte Constitucional en el año 2008 profirió la Sentencia T-760, ordenando que los planes de beneficios deberían unificarse, al tiempo que declaró que la salud es un derecho fundamental autónomo, exigible a través de la tutela para su protección.

La libertad para fijar los precios de los medicamentos, el desorden en las bases de datos del régimen subsidiado, la debilidad de los organismos que deberían regular a las Empresas Promotoras de Salud, EPS y el permitir que recursos destinados a la prestación de los servicios de salud fueran destinados a otras actividades, han contribuido a la actual crisis del sistema en su conjunto.

La crisis lejos de ser coyuntural es estructural, pues de las 72 EPS que funcionan en el país 19 están bajo un régimen de vigilancia especial, 5 están intervenidas incluida la más grande del país, 8 más en proceso de liquidación y 6 EPS del régimen subsidiado han anunciado que se retiran voluntariamente del Sistema.

La Comisión de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 y por una reforma estructural al sistema de salud y seguridad social, presentó un proyecto de Ley Estatutaria que plantea una reforma estructural al sistema de salud.Este nuevo Sistema, debería contemplar la creación de un fondo único de seguridad social en salud de naturaleza pública, que garantice el acceso universal a los bienes y servicios de salud que se requieran con necesidad, la creación de un nuevo Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud integrado por 26 miembros, presidido por el Ministerio de Salud y que cuente con la presencia de los delegados de las entidades territoriales, de los empresarios, de los sindicatos, de las organizaciones de usuarios, de los indígenas y de los organismos públicos y privados que prestan servicios en salud.

En conclusión, para solucionar la crisis del sistema de salud, debemos recoger las mejores experiencias propias y ajenas para construir un modelo propio, socialmente responsable, científicamente sustentado, financieramente viable y administrativamente funcional.

CARLOS PARRA DUSSAN

Investigador universidad Sergio arboleda
 

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