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martes, 22 de mayo de 2012

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia negó a la ex congresista Yidis Medina Padilla el beneficio de detención domiciliaria que había sido solicitada por ser madre cabeza de familia.

La Corte confirmó una decisión proferida por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión de Bogotá que rechazó las pretensiones de Medina al considerar que la mujer cuando cumplía una pena de 47 meses y 6 días de cárcel, por el delito de cohecho, transgredió ese beneficio y salió de su casa, 'actitud que demuestra total desapego a las obligaciones impuestas y el poco o nada respeto frente a las autoridades judiciales y carcelarias'

Esta vez, la Corte señaló que comparte los argumentos expuestos por la juez de primera instancia ' ya que como bien se dijo, pese a que la Corte Suprema de Justicia le concedió tal beneficio, la penada hizo caso omiso de las obligaciones impuestas, mirando con desdén la justicia, debiéndose revocar el subrogado y en su lugar disponer el cumplimiento inmediato de la sanción'. Dijo la Corte que si a Medina se le revocó un beneficio de prisión domiciliaria por incumplimiento a las obligaciones inherentes a este sustituto penal, 'ello evidencia su desapego por la norma, e inseguridad de su cumplimiento en eventos futuros'.

Colprensa

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