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sábado, 28 de abril de 2012

¿Es viable la conversión de una cooperativa de ahorro y crédito a una cooperativa financiera?

De acuerdo con la normatividad vigente no es viable la conversión de una cooperativa de ahorro y crédito a cooperativa financiera. La única vía a través de la cual una Cooperativa de Ahorro y Crédito podría cambiar su naturaleza y régimen legal, al de una cooperativa financiera, sería mediante la constitución de una nueva entidad de ésta naturaleza, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas concordantes, la cual requiera la autorización previa y permiso de funcionamiento de la Superintendencia Financiera de Colombia. El artículo 45 de la Ley 454 de 1998 contempla como alternativas para las cooperativas multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito que deseen especializarse en el ejercicio de la actividad financiera, una de las siguientes modalidades: Transferencia, mediante cesión, de la totalidad de activos y pasivos de la correspondiente sección de ahorro y crédito a una cooperativa de ahorro y crédito o a un establecimiento de crédito. Creación de una o varias instituciones, auxiliares del cooperativismo, la cual tendrá como objetivo la prestación de los servicios no financieros de la cooperativa multiactiva o integral, quedando ésta, en adelante, especializada en la actividad financiera. Uuna vez esa Cooperativa determine las medidas que consideren, esta Superintendencia estará abierta a brindarles toda la información y orientación necesaria. Gerardo Hernández Correa

Superintendencia Financiera de Colombia

CONCEPTO JURÍDICO No. 070635 DE 2011

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