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sábado, 18 de agosto de 2012

¿Cuál es el procedimiento cuando un medicamento no está incluido en el manual del Plan Obligatorio?

1. El Acuerdo 029 expedido por la Comisión de Regulación en Salud (CRES), mediante el cual se define, aclara y actualiza integralmente el Plan Obligatorio de Salud, vigente a partir del 1 de enero de 2012 y deroga en su integridad los Acuerdos 008 de 2009, 014 y 017 de 2010, 021, 025 y 028 de 2011 de la Comisión de Regulación en Salud y demás disposiciones que le sean contrarias, en el artículo 1 dispuso lo siguiente: ?OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. El presente Acuerdo tiene como objeto la definición, aclaración y actualización integral del Plan Obligatorio de Salud de los regímenes Contributivo y Subsidiado, que deberá ser aplicado por las entidades promotoras de salud y los prestadores de servicios de salud a los afiliados. El Plan Obligatorio de Salud se constituye en un instrumento para el goce efectivo del derecho a la salud y la atención en la prestación de las tecnologías en salud que cada una de estas entidades garantizará a través de su red de prestadores, a los afiliados dentro del territorio nacional y en las condiciones de calidad establecidas por la normatividad vigente.? El artículo 7º del Acuerdo precitado dispone: ?GARANTÍA DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD. Las entidades promotoras de salud deberán garantizar a los afiliados el acceso efectivo al Derecho a la Salud a través de la prestación de las tecnologías en salud incluidas en el presente Acuerdo?.

Mery Bolívar (e)

Superintendencia nacional de salud

Concepto jurídico
 

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