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  • Carlos Eduardo González

sábado, 15 de julio de 2017

Después de dos años de convivir, una pareja constituye una sociedad patrimonial que es más compleja de disolver.

Aunque usted no haya pasado por el altar con su pareja, debe tener en cuenta que de llegar a separarse tendrá que surtir un proceso en el que, entre otras cosas, se definirá la repartición de bienes que se adquirieron durante la relación.

De acuerdo con la Ley 54 de 1990 y la Ley 979 de 2005, si usted convivió menos de dos años con una persona y decidió separarse, no tiene que realizar ningún trámite; sin embargo, si la unión libre duró más de ese tiempo, se constituye una sociedad patrimonial que es más compleja de disolver.

Si ambas partes están de acuerdo en “separar cobijas”, deberán ir a una Notaría, Centro de Conciliación o Juzgado de Familia en donde se hará el estudio del caso y, si se encuentran reunidos todos los requisitos, se “declarará la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial”. Este proceso le puede tomar tan solo un día, de acuerdo con la abogada de familia Marlene Rueda.

Entre los requisitos que debe cumplir están las identificaciones del demandante y demandado, un relato de los hechos sobre la existencia de la unión marital, documentos y solicitud de las pruebas que demuestren la existencia de la unión y las peticiones que se hacen al juez.

Pero en el caso de que alguna de las partes no esté de acuerdo y de que el proceso llegue a lo judicial, el caso puede tomar un año, ya que durante este tiempo debe presentarse una demanda, las pruebas solicitadas por las partes y el inventario de los bienes que se adquirieron durante la unión libre.

Lo primero que debe hacerse en este caso es comprobar que efectivamente existía la unión, ya sea con documentos, testimonios o fotos, porque en la mayoría de casos no se hace, destacó Guillermo Navarro, socio de Navarro Martín Abogados.

Otro de los pasos a definir es si existen bienes, en este caso “el proceso puede durar hasta dos años, hasta que el juez estudie y decida”, afirmó Rueda, quien mencionó que las decisiones de los juzgados tienden a repartir los bienes por mitad.

Tenga en cuenta que hacer el proceso no tiene ningún costo, aunque, según la Ley, necesita la compañía de un abogado para concluir el proceso.

Según explicó Navarro, cuando se llega al momento de la repartición de propiedades, siempre se pone un valor a los bienes existentes y ese valor se cuantifica; es decir, se suman los activos, se restan los pasivos y se divide entre las dos personas”.

Cabe destacar que los bienes que hayan sido adquiridos por cada una de las partes antes de la relación no entran dentro del inventario, ni tampoco otros ítems, como las herencias.

Frente al tema de un incremento en el número de divorcios que hay en el país actualmente, que según la Superintendencia de Notariado y Registro, es de cerca de tres por cada 10 uniones, Navarro resaltó que “hoy en día la gente piensa menos al momento de tomar la decisión de divorciarse, porque hay mayor independencia económica de las partes”.

Por último, los expertos aconsejan que todo lo que acuerde con su pareja, quede por escrito ante un notario, de esta forma, va a ser más fácil resolver todo en un futuro.

Antecedentes
Si usted quiere declarar que convive en unión libre con alguna persona, debe acercarse a un Centro de Conciliación, Notaría o Juzgado de Familia con la intención de que la persona encargada le declare la existencia de dicha unión.

Esta puede ser avalada por un acta de conciliación, escritura pública, o sentencia, según la autoridad en donde haya llevado a cabo el trámite.

Cabe mencionar que en las uniones de parejas del mismo sexo los procesos son idénticos.

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